MADRID, 1 Sep. (EUROPA PRESS) -
La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso interpuesto por Banco Santander contra la sanción de 4,5 millones de euros que le impuso el Banco de España por la comisión de dos infracciones muy graves cometidas por Banco Popular, en su condición de sucesor universal, confirmando así la sanción.
El Banco de España fijó una sanción de 1,5 millones por incumplir la normativa relativa a la entrega y el contenido preceptivo que debe contener la información precontractual y contractual facilitada a los clientes, el cálculo de la TAE y el cobro de comisiones por servicios no prestados.
Asimismo, impuso una multa de 3 millones de euros a la misma entidad tras haberse detectado incumplimiento de la ley en materia de compensaciones y comisiones en supuestos de amortización anticipada y aplicación de cláusulas de redondeo del tipo de interés.
El Banco de España dispuso la incoación de expediente disciplinario tras efectuar en 2017 actuaciones de inspección respecto de determinadas operaciones efectuadas por Banco Popular (préstamos hipotecarios concedidos, cancelados y vigentes en 2014).
Durante la tramitación del expediente, el 28 de septiembre de 2018 se culminó el proceso de fusión por absorción de Banco Popular con Banco Santander, por lo que en la resolución de 26 de octubre de 2018 el supervisor impuso a Santander las multas de 4,5 millones.
Santander presentó un recurso de alzada contra la resolución del Banco de España, al entender que no le debían imponer estas sanciones por algo heredado, que fue desestimado por la Subsecretaria de Economía y Empresa, dictada por delegación de la Ministra de Economía y Empresa, tras lo cual presentó un recurso contencioso-administrativo, que ahora ha sido desestimado por la Audiencia Nacional, tal y como ha adelantado 'elDiario.es'.