La Audiencia de Madrid insta al juez del 'caso Rato' a adecuar la fianza ante "la evolución de la causa"

Arranca el juicio por la salida a bolsa de Bankia en la Audiencia Nacional
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Actualizado: miércoles, 5 diciembre 2018 14:43


Los magistrados acuerdan dejar sin efecto la investigación contra su hija y permiten a la defensa acceder a todo el sumario de la causa

MADRID, 5 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado la pretensión del expresidente de Bankia Rodrigo Rato de rebajar la fianza de 18 millones de euros impuesta por el juez instructor Antonio Serrano Arnal en 2015, cuando inició la investigación del origen de su patrimonio. Aún así, ha instado al magistrado del juzgado de Plaza de Castilla de Madrid a que concrete dicha cantidad "a la luz de la evolución de la causa".

En un auto con fecha de este martes, la Audiencia de Madrid ha desestimado el recurso interpuesto por la defensa de Rato --que se encuentra en prisión cumpliendo la condena de cuatro años y medio por las tarjetas 'black' de Caja Madrid y Bankia-- contra la resolución del juez instructor del pasado 4 de septiembre de 2018 en la que decretó el bloqueo del Fondo de Capital Riesgo Altamar Buyout Global III, cuyo titular es la entidad mercantil Kradonara. Asimismo, se ordenó la identificación de la cuenta denominada 'Arada SL' para proceder igualmente a su bloqueo porque estaba recibiendo los fondos de la sociedad antes mencionada.

Los magistrados de la Sección 23 han confirmado esta decisión de Serrano Arnal y explican que no hacen falta de acudir a técnicas como el levantamiento del velo con el fin de constatar la titularidad real de tales patrimonios, pues Kradonara es propiedad de Rato y, por lo tanto, ejerciendo el "absoluto control" de Arada.

FIANZA "DESPROPORCIONADA"

En este mismo auto, los magistrados desestiman también la solicitud del exdirector gerente del Fondo Monetario Internacional (FMI) sobre la fianza de responsabilidad civil de 18 millones de euros que fijó el titular del Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid en mayo de 2015. La defensa de Rato alegó en su escrito que esta cantidad es "desproporcionada" porque las "cuotas presuntamente defraudadas alcanzan un montante muy inferior".

Añade el recurso que esta cuantía "estaría muy alejada de la cantidad calculada en los primeros momentos de la instrucción" y que el instructor acordó la fianza basándose en el informe inicial de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF), que siempre ha rechazado el expresidente de Bankia. Por ello, pide que deje sin efecto de "manera inmediata" este auto de 2015.

La Audiencia Provincial recuerda que ya confirmó dicha resolución y entonces afirmó que "de momento" entendía que la cantidad señalada era "adecuada y prudente (...), sin perjuicio de que conforme avance la investigación, la misma se pueda modificar, ampliar o reducir, según los datos que vayan apareciendo en dichas investigaciones y según las concreciones que se efectúen a lo largo de la misma".

En base a esto, ahora los magistrados de la Sección 23, Rosario Esteban, Celso Rodríguez y María Luisa Álvarez-Castellanos, no corrigen al juez instructor pero sí afirman que el investigado tiene derecho "transcurridos ya tres años y medio de la imposición de la fianza", a que se concrete "a la luz de la evolución de la causa".

OTROS AUTOS

Por otra parte, la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado otros dos autos en relación con el 'caso Rato'. En uno de ellos, sí que ha dado la razón a Rodrigo Rato, que pidió dejar sin efecto la investigación de los fondos de su hija, Ana Rato Alarcó, al entender que la causa no se dirige contra ella, ni tampoco la imposición de una responsabilidad civil.

En la última de las resoluciones, la Sección 23 también ha estimado el recurso del exvicepresidente del Gobierno contra el auto de 26 de septiembre de 2018, por el que se le denegaba la devolución de toda la documentación incautada en la entrada y registro de 2015.

Los magistrados han zanjado este asunto proclamando el derecho "incólume" de la defensa a acceder en su integridad a las actuaciones que conforman el sumario, en todas sus piezas y documentos, y a disponer de todos ellos sin restricción, salvo que en alguna parte permaneciese vigente declaración de secreto formal.

INVESTIGACIÓN PRORROGADA HASTA 2020

El denominado 'caso Rato' está dividido en una decena de piezas en la que se investigan delitos fiscales y otros de corrupción relacionados con sus actividades y negocios que podrían haber favorecido a la fortuna familiar. El juez Serrano Arnal acordó el pasado 28 de noviembre la prorroga de esta investigación hasta junio de 2020.

Por otra parte, el magistrado instructor había citado a declarar para este miércoles al excuñado de Rato, Santiago Alarcó, por un presunto delito de blanqueo de capitales cometido en los negocios empresariales que mantuvieron ambos, según reveló un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.

También llamó a comparecer a los peritos que el expresidente de Bankia contrató para defender su inocencia ante la denuncia del fraude de siete millones de euros al fisco que había hecho la ONIF, cuyo informe fue aportado por la Fiscalía. Finalmente, estas declaraciones han sido suspendidas por "motivos procesales", según han informado fuentes jurídicas.

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