Asaja se felicita de que la orden de módulos para 2025 no incluya el IVA para calcular los ingresos

Publicado: jueves, 14 noviembre 2024 15:37

MADRID 14 Nov. (EUROPA PRESS) -

Asaja se ha felicitado este jueves de que el proyecto de orden que regula el método de estimación objetiva del IRPF para el año 2025, y que se encuentra en audiencia pública, no incluya el IVA en el cómputo de ingresos totales para que los agricultores puedan acogerse al Régimen de Estimación Objetiva (de módulos) del IRPF.

Concretamente, este cambio se recoge en el apartado b del tercer artículo de la orden, que desarrolla la magnitud en función del volumen de ingresos para el conjunto de las actividades agrícolas y ganaderas.

"A efectos de los dispuesto en las letras a) y b) anteriores, el volumen de ingresos incluirá la totalidad de los obtenidos en el conjunto de las mencionadas actividades, no computándose entre ellos las subvenciones corrientes o de capital, ni las indemnizaciones ni la compensación del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido, así como tampoco el Impuesto sobre el Valor Añadido y, en su caso, el recargo de equivalencia que grave la operación, para aquellas actividades que tributen por el régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido", se establece.

El Régimen Especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca en el IVA es un régimen simplificado de tributación que beneficia a agricultores, ganaderos y pescadores en España y cuyo objetivo es facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, aliviándolos del algunos requisitos contables y administrativos que implicaría el régimen general del IVA.

Para poder beneficiarse de este régimen, el principal requisito es que los ingresos anuales por la actividad agrícola o ganadera no deben superar los 250.000 euros.

Así, en lugar de cobrar el IVA, los sujetos que se acojan al régimen reciben una compensación 'forfait' o fija del 12% para los productos agrícolas y ganaderos, y del 10,5% para los productos forestales.

Dicha compensación se abona por parte de los compradores de los productos, generalmente empresas o profesionales en el régimen general del IVA, y tiene el objetivo de cubrir el IVA soportado en las compras y gastos del agricultor o ganadero.

OTRAS MEDIDAS DEL PROYECTO DE ORDEN

El proyecto de orden también recoge otras medidas como la reducción del rendimiento neto de módulos de 2024 en un 25% para los contribuyentes que tributen por el método de estimación objetiva en los municipios afectados por la DANA de finales de octubre, que se aplicará sobre el rendimiento neto resultante después de aplicar la del 5% establecida con carácter general para el año 2024.

También contempla el mantenimiento para el ejercicio 2025 de la "cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación", así como una reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos para todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad por el método de estimación objetiva.

Por último, se ha incluido, asimismo, la eliminación en 2025 de la bonificación en la factura por adquisición de gasóleo agrícola y fertilizantes, que se aplicó a los tres años anteriores.

Sobre esta última medida, para Asaja es "realmente incomprensible" que se aplique con los incrementos de costes y de insumos desde años anteriores, para lo que se reclama mantener "en el tiempo" una reducción del 35% en la factura del gasóleo y del 15% en fertilizantes.

"Asaja continuará trabajando para que los agricultores y ganaderos tengan una fiscalidad adecuada al desarrollo de su actividad y acorde con los tiempos actuales", aseguran desde la asociación.

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