MADRID, 2 Jul. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Nacional ha estimado un recurso contencioso administrativo presentado por Deloitte, anulando la sanción interpuesta en abril de 2018 por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) por la auditoría hecha de las cuentas de ACS de 2011.
La sentencia es del pasado 29 de abril de 2021 pero es ahora cuando el Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este viernes 2 de julio la anulación por parte del instituto dependiente del por entonces llamado Ministerio de Economía.
El ICAC sancionó el 25 de abril de 2018 a Deloitte y a su socio auditor Javier Parada por la comisión de dos infracciones graves al considerar que habían incurrido en el incumplimiento de las normas de auditoría susceptible de tener un efecto significativo sobre el resultado de su trabajo.
En concreto, la resolución se refería al informe en relación con los trabajos de auditoría de las cuentas anuales individuales de 2011 de ACS y de las cuentas anuales consolidadas de la entidad, cuyos informes de auditoría fueron emitidos el 22 de marzo 2012.
Así, imponía a Deloitte dos sanciones de multa por importe del 0,1% de los honorarios facturados por la sociedad por actividad de auditoría de cuentas en el último ejercicio cerrado con anterioridad a la imposición de las sanciones.
Dichas multas no podían ser inferiores a 12.000 euros, por lo que cada una de ellas ascendería a 133.630 euros. A ello se sumaban las dos sanciones a Javier Parada Pardo por importe de 3.000 euros.
Deloitte recurrió la sanción: "Se trata de una sanción mínima por un tema formal en los papeles de trabajo que está recurrida en la vía contencioso administrativa ante la Audiencia Nacional y confíamos en que se resuelva favorablemente", señaló.
Tres años más tarde, la Audiencia Nacional ha estimado este recurso de la consultora y ha anulado la resolución del instituto dependiente del Ministerio de Economía, llamado ahora de Asuntos Económicos y Transformación Digital.