Blablacar denuncia a España ante la Comisión Europea

Actualizado: martes, 22 noviembre 2016 13:56

Asegura que agotará todas las vías legales para garantizar su legalidad

MADRID, 22 Nov. (EUROPA PRESS) -

Blablacar ha presentado una denuncia contra España ante la Comisión Europea por las sanciones administrativas que la Comunidad de Madrid ha impuesto contra la red social de internet y dos de sus usuarios.

La empresa considera que estas sanciones son contrarias al derecho de la Unión Europea, en concreto, que van contra la Directiva sobre servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico y contra las libertades de establecimiento y de prestación de servicios protegidas por el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Asimismo, Blablacar estima que las multas impuestas por la Comunidad de Madrid "carecen de motivación y están basadas en la exigencia de licencias de los servicios de Blablacar, que son contrarias al derecho europeo", según explicó en rueda de prensa el director general de Blablacar en España y Portugal, Jaime Rodríguez.

El directivo garantizó que la compañía "agotará todas las vías judiciales existentes para garantizar que Blablacar es legal". "Compartir coche es igual de legal hoy que lo ha sido siempre y es un derecho que vamos a defender hasta el final", ha asegurado.

La Comunidad de Madrid interpuso hace unos meses tres sanciones contra la compañía que ascienden a un total de 8.800 euros y otras dos contra dos de sus usuarios de 4.001 euros cada una, por "realizar un servicio de transporte público sin autorización administrativa" y "percibir ingresos superiores a los costes derivados de sus viajes".

"Las sanciones impuestas por la Comunidad se basan en la exigencia de unas licencias que ni Blablacar ni sus usuarios necesitan en ninguna parte de Europa", explicó Rodríguez, a la vez que ha insistido en que "es un claro obstáculo a la libre prestación de sus servicios".

En esta línea, el director general de Blablacar ha indicado que aunque la Comunidad exija esas licencias, "no las podría obtener", ya que "la compañía no almacena las matrículas de sus usuarios".

DAÑO REPUTACIONAL

Además, Rodríguez ha apostillado que "la Comunidad no ha aportado ni explicación ni cálculo que sostenga esa afirmación y tampoco existe en España un umbral legal que marque la diferencia entre la compartición de gastos y la obtención de un beneficio económico",

"Altos cargos de la administración madrileña han declarado que el servicio de Blablacar no es legal", ha subrayado Rodríguez, al tiempo que ha denunciado que "estas declaraciones públicas producen un grave daño reputacional a la compañía al sembrar dudas sobre la legalidad de su actividad", lo que "no ha hecho ninguna administración durante los siete años que la compañía lleva operando".

Las sanciones, según ha expuesto Rodríguez, "están en proceso de recurso en España en vía administrativa y en las posteriores instancias judiciales", por lo que "todavía no son firmes".

El directivo de Blablacar, web que pone en contacto a personas que quieren compartir trayecto en coche, ha explicado que tras estas sanciones, "el número de usuarios de la compañía no ha disminuido. No obstante "ha aumentado el número de dudas". "Pero confiamos en nuestros usuarios", aseguró.

Rodríguez ha añadido que "las prácticas administrativas efectuadas por la Comunidad vuelven a situar a España en una excepción incomprensible en Europa", ya que "obstaculiza una actividad que tiene más de 400.000 usuarios sólo en la propia Comunidad de Madrid".

POSICIÓN DE LA COMUNIDAD

El Gobierno regional interpuso sanciones a la empresa Comuto Iberia, filial española de BlaBlaCar, y a dos de sus conductores por facturar en nombre propio servicios de transporte de pasajeros y otra por realizar este servicio sin título habilitante para ello, según anunció el pasado mes de octubre el director general de Transportes de la Comunidad, Pablo Rodríguez Sardineros.

Por ello, Transportes procedió a imponer dos sanciones de carácter muy grave y otras de carácter grave por vulneración de los artículos 140.2 y 141.7 de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre (LOTT).

Los expedientes sancionadores se abrieron tras la labor de inspección por viajes realizados en 2016 que detectó que el importe cobrado excede lo que se considera como compartir gastos de trayectos entre diferentes viajeros.

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