Economía/Empresas.- El TS desestima un recurso de los fabricantes de yogur contra la Norma de Calidad del Yogur

Actualizado: viernes, 18 noviembre 2005 14:56

El alto tribunal advierte que no usar el nombre completo de 'yogur pasteurizado después de la fermentación' induce a error, según AEFY.

MADRID, 18 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Española de Yogur y Postres Lácteos Frescos (AEFY) contra la actual Norma de Calidad del Yogur, que admite la denominación de 'yogur' para productos pasteurizados después de la fermentación, informó hoy la AEFY.

La sentencia ratifica el uso de la denominación 'yogur pasteurizado después de la fermentación' para los productos que han sufrido un tratamiento térmico que ha inactivado los fermentos vivos, ya que considera que tal denominación describe exactamente el proceso de fabricación del producto.

No obstante, dicha sentencia advierte de los riesgos que comporta no usar dicha denominación completa, por considerar que puede inducir a engaño al consumidor, según la AEFY.

"Este riesgo ya ha sido denunciado en reiteradas ocasiones ante la Asociación para la Autorregulación de la Publicidad Comercial, que ha estimado siempre dichas reclamaciones sobre el uso parcial de la denominación 'yogur pasteurizado después de la fermentación' en ciertos soportes de comunicación", insiste.

Por esta razón, la AEFY considera que aunque el fallo rechaza su recurso, ratifica las resoluciones de Autocontrol y la exigencia de no utilizar sólo el nombre de 'yogur' para referirse a los productos en los que se ha eliminado las bacterias vivas con el fin de no confundir al consumidor.

De esta forma, la AEFY recalca que tal y como establece la Norma de Calidad del Yogur, únicamente se puede utilizar la denominación 'yogur' para el producto fresco caracterizado por la presencia de fermentos vivos y activos en el momento de su consumo y, por lo tanto, con un proceso de fabricación distinto al del 'yogur pasteurizado después de la fermentación'.

La legislación española aprobó la denominación de 'yogur pasteurizado' en junio de 2002 en la Norma para la Calidad del Yogur refrendada el 14 de febrero por el decreto 179/2003. Esta denominación es reconocida por las legislaciones de varios países, entre ellos Estados Unidos, Reino Unido, Holanda, Alemania, Canadá y Australia.

Por el contrario, el Codex Alimentarius, que depende de Naciones Unidas y de la Organización Mundial de la Salud (OMS), adoptó un reglamento que impide que los postres lácteos pasteurizados después de la fermentación puedan denominarse yogures, al menos en los países que no tienen legislación alguna sobre la materia.

La AEFY está integrada por empresas como Danone, Corporación Alimentaria Peñasanta (Capsa), Nestlé o Puleva Food, entre otras, mientras que Grupo Leche Pascual elabora yogures pasteurizados después de la fermentación.