Señala que no tiene legitimación para recurrir y sugiere que acuda a tribunales españoles
BRUSELAS, 19 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha desestimado este jueves el recurso de Telefónica contra la decisión de Bruselas de 2009 que declaró ilegal el régimen español que preveía ventajas fiscales para las compañías que adquirieran participaciones en empresas no residentes en territorio español.
Telefónica se benefició de este régimen por la compra de O2, aunque el Ejecutivo comunitario no le obligó a devolver esta ayuda por razones de seguridad jurídica, ya que se había producido antes del inicio de la investigación en 2007.
Pese a ello, Telefónica, junto con Banco Bilbao Vizcaya, Argentaria, Iberdrola, Ebro Foods y Modelo Continente Hipermercados, interpuso recursos ante el Tribunal General solicitando que anulase la decisión de la Comisión.
Mediante auto del 21 de marzo de 2012, el Tribunal General desestimó los recursos de estas empresas, considerándolos inadmisibles por falta de legitimación para interponerlos. Telefónica presentó un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia contra dicho auto.
En su sentencia de este jueves, el Tribunal de Justicia desestima el recurso de casación y confirma que la decisión de Bruselas estaba dirigida a España y no a Telefónica, que no tenía legitimación para recurrir. El fallo señala que Telefónica puede recurrir ante la justicia española en su caso todas las medidas nacionales que adopte el Gobierno para ejecutar la decisión de la Comisión.
El régimen en cuestión permitía, en determinadas circunstancias, amortizar durante un período de hasta veinte años el fondo de comercio resultante de la adquisición de participaciones en empresas no residentes en territorio español, reduciendo así la carga fiscal del adquirente. Si embargo, esta deducción no se aplicaba a la compra de empresas españolas.