EiDF afirma que no procederá a la "imposición" de la CNMV de presentar el informe forensic

Archivo - Fernando Romero, director general de EiDF, durante el toque de campana en la Bolsa de Madrid.
Archivo - Fernando Romero, director general de EiDF, durante el toque de campana en la Bolsa de Madrid. - BME GROWTH - Archivo
Publicado: jueves, 24 agosto 2023 19:10


MADRID, 24 Ago. (EUROPA PRESS) -

EiDF Solar ha afirmado que no procederá a la publicación de la totalidad del resumen ejecutivo del informe forensic realizado por Deloitte, tal y como le requirió la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), ya que considera que se trata de una "imposición" que va en contra de la libertad de la compañía en la confección de sus comunicaciones y es una información cuyas conclusiones están en estudio para la toma de posibles acciones judiciales contra su autor.

En una información remitida al BME Growth la compañía responde así al requerimiento que le realizó el supervisor bursátil el pasado 21 de agosto y cuyo plazo de respuesta expiraba este mismo jueves a las 8.00 horas de la mañana.

En su respuesta, la compañía gallega comunica así que "no se va a proceder a la publicación de las fórmulas taxativas impuestas en el requerimiento cursado por la CNMV, debiendo este organismo actuar en la forma que considere procedente, sin contar, al efecto, con la autorización de esta parte".

EiDF considera que, a pesar de "las amplias facultades" que la ley otorga a la CNMV como supervisor del funcionamiento de los mercados, tampoco se debe "admitir a discusión que el desenvolvimiento de esas competencias no puede desconocer su necesario encaje dentro de un Estado de Derecho, lo que impide su consideración como absolutas y vencedoras, en todo caso, en una eventual pugna con otros derechos en liza".

A este respecto, la empresa reconoce su obligación de dar a conocer al mercado "las contingencias, informaciones o hechos de relevancia, afectantes a la compañía, que puedan incidir en las decisiones de inversión"; ahora bien, en la confección de esas comunicaciones, subrayó que "es libre"; por lo que estima que "la exigencia de un 'borrador' de aquello cuya publicación se reclama, para su revisión por la CNMV antes de ejecutarse la divulgación misma, implica una suerte de censura previa -dicho con los debidos respetos- e intervención administrativa de esta singular faceta de la libertad y autonomía empresarial".

Por ello, afirma no compartir la legalidad de la exigencia de un
'borrador de publicación' y, "mucho menos, amparar en ella el incumplimiento de un requerimiento".

NO SE OCULTARON DATOS RELEVANTES AL MERCADO.

Además, EiDF defiende que en el resumen que divulgó del informe no se ocultaron datos relevantes al mercado, "dándose cuenta absolutamente de todas las conclusiones básicas a las que se llega en él".

"Cosa diversa es que, de repente, la CNMV cambie de parecer y, en lugar de un resumen del forensic, se interese -una vez auditadas y publicadas las cuentas del ejercicio 2022, única razón en la que se basó la suspensión de la cotización de los títulos de EiDF, decretada en el ya lejano 14.04.2023- una reproducción literal de pasajes que el supervisor ha seleccionado previamente -a su criterio- o de la totalidad del resumen ejecutivo del forensic en cuestión, lo que supone una 'imposición' de lo que ha de publicarse, sin margen de libertad alguno para la compañía", asegura la firma.

POSIBLE EXIGENCIA DE RESPONSABILIDAD POR EL INFORME.

Asimismo, advierte de que las conclusiones jurídicas a las que se llega en el informe forensic de Deloitte, un informe cuyo encargo y alcance fueron exigidos por la empresa auditora de EiDF, PricewaterhouseCoopers (PwC), añade, "han sido ya sometidas a dictamen de un despacho de reconocido prestigio, en aras de determinar si la inclusión de tales conclusiones en el reiterado informe puede dar lugar a la exigencia de responsabilidad a sus autores".

De esta manera, subraya que el empleo de ese informe jurídico tendrá carácter exclusivamente interno, "como presupuesto para, en su caso, el ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva, en su manifestación de derecho a la acción ante los tribunales de justicia"

Este jueves, el organismo presidido por Rodrigo Buenaventura ha hecho público un requerimiento que remitió el pasado 21 de agosto a EiDF Solar en el que comunicaba a la empresa que consideraba que no se había dado al mercado una información completa, omitiendo el resumen ejecutivo del informe forensic realizado por Deloitte, y que se había llevado a cabo "omisiones muy relevantes".

El supervisor bursátil estimaba así que la información remitida por la compañía era incompleta y podía "inducir a confusión al público" y advertía a la empresa dirigida por Fernando Romero de que el informe forensic de Deloitte incluía un relato de hechos y evidencias "de gran trascendencia" para los accionistas de EiDF.

De ellos, destacaba las evidencias de "posible falseamiento de documentos por parte de la compañía, dada su especial relevancia". En relación con ello, añadía que PwC, el auditor de las cuentas del grupo, había tenido en cuenta este forensic en su trabajo "que se ha materializado entre otros aspectos, en una limitación al alcance de su opinión de auditoría, dadas las debilidades de control interno identificadas en el forensic en estas materias".

La pasada semana, EiDF presentó sus cuentas reformuladas correspondientes al ejercicio 2022. El grupo, debido a las discrepancias con su auditor PwC no pudo presentar sus cuentas del pasado ejercicio dentro del plazo legal, que expiraba a finales de ese mes de abril, y contrató, posteriormente, los servicios de Deloitte para llevar a cabo "una investigación tendente a analizar y a recabar evidencias relativas a incidencias y/o discrepancias" mantenidas con PwC en el proceso de auditoría de sus cuentas del año pasado.

Asimismo, con la publicación de este requerimiento de información, la CNMV ha acordado levantar con efectos desde el próximo lunes 28 de agosto la suspensión cautelar, que pesaba sobre la compañía desde el pasado 14 de abril, de su negociación en el BME Growth, "como consecuencia de haber sido puesta a disposición del público información privilegiada respecto a las circunstancias que aconsejaron la adopción del acuerdo de suspensión".

CREADO, MODIFICADO O FALSEADO DOCUMENTOS.

En concreto, la información requerida por la CNMV versaba sobre hechos como que en el informe se hablaba de que "en algunas de las actividades y operaciones con terceros analizadas se han identificado situaciones en las que se habrían creado, modificado o falseado documentos".

Asimismo, se señalaba que todos los deudores incluidos en el alcance del forensic presentaban "una vinculación directa e indirecta con Fernando Romero, el máximo accionista del grupo, y que, según el informe, "se identifican numerosas incidencias relativas, entre otras cuestiones, a facturas y pagos por servicios que podrían no haberse prestado o no estar justificados, así como a la falsificación de documentos".

En este sentido, refiriéndose al informe forensic, advierte de que algún deudor "habría emitido facturas que no se corresponderían con servicios efectivamente prestados, por lo que podrían tratarse de facturas falsas".

Igualmente, la CNMV solicitaba información respecto a posibles discrepancias entre costes registrados en contabilidad y el grado de avance real de la obra recogidas en el informe.

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