MADRID 28 Mar. (EUROPA PRESS) -
El aumento del salario mínimo interprofesional (SMI) para 2025 supone unos 700 euros adicionales al año, lo que mensualmente representa una mejora en los bolsillos de los trabajadores que lo perciben de 50 euros al mes.
Tras varios meses de tira y afloja entre el ala socialista del Gobierno y la parte de Sumar sobre si este aumento debía tributar o no en el IRPF, finalmente los ministerios de Hacienda y de Trabajo han acordado que los perceptores del SMI no tengan que pagar por el IRPF en 2025, con lo que se ha impuesto la tesis de la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz.
Para ello, Hacienda introducirá una deducción en la cuota del impuesto con el fin de dejarlo exento para el 20% de los actuales perceptores, fudamentalmente trabajadores sin hijos, que sí debían tributar ya este año.
Por lo tanto, si eres perceptor del SMI y durante este año has visto la retención del IRPF en tu nómina, en principio tendrás derecho a la devolución de estas retenciones puesto que estás exento del IRPF, pero para ello tendrás que presentar la declaración en la Campaña de la Renta de 2025, que se presentará el próximo año, si quieres que Hacienda te lo devuelva.
Antes de este acuerdo y tras la última subida del SMI en 2025, únicamente el 20% de los perceptores del SMI (alrededor de medio millón de trabajadores), principalmente solteros sin hijos, tendrían que haber pagado este año por el IRPF, mientras que el resto seguían exentos.
La carga fiscal para algunos de los perceptores del SMI podría elevarse hasta un máximo 300 euros anuales. No obstante, ahora, con este nuevo acuerdo, todos los perceptores del salario mínimo estarán exentos de pagar este impuesto.
¿CUÁL ES EL MÍNIMO EXENTO Y CÓMO AFECTA A LOS PERCEPTORES DEL SMI?
Este es el primer año en el que el Gobierno ha decidido no elevar el umbral mínimo exento del IRPF y acompasarlo al nuevo aumento del SMI, por lo que se mantiene el de 2024. Así, el importe exento se aplica a ingresos anuales iguales o inferiores a 15.876 euros anuales, que es justo el SMI de 2024, un importe inferior al nuevo SMI que desde 2025 se ha fijado en los 16.576 euros.
No obstante, el SMI quedará exento gracias a una deducción en la cuota del IRPF para que los asalariados que cobran el salario mínimo o menos no tributen durante este año.
¿SE TENDRÁ QUE DECLARAR EL SMI PARA BENEFICIARSE DE LA DEDUCCIÓN?
A la espera de que Hacienda especifique el mecanismo de la deducción, los perceptores del SMI que durante el periodo impositivo de 2025 experimenten retenciones del IRPF en su nómina, deberán presentar la Declaración de la Renta en la Campaña de 2025 si quieren que Hacienda les devuelva el importe correspondiente, teniendo en cuenta que su presentación es individual y la devolución se adaptará de forma personalizada a su circunstancia personal y familiar.
En concreto, Hacienda ha explicado que las deducciones fiscales se aplicarán sobre la cuota íntegra del IRPF por la cantidad exacta que cada trabajador haya pagado en 2025. Una vez aplicada dicha deducción, al trabajador se le devolverá el mismo importe de que lo ha tributado por el IRPF, con lo cual no habrá pagado nada al fisco.
De esta forma, Hacienda ha explicado que la nueva medida es "personalizada para cada trabajador" y se aplicará en el mismo momento en el que se haga la Declaración de la Renta.
¿POR QUÉ NO SE ELEVA EL MÍNIMO EXENTO HASTA EL NUEVO SMI?
El Gobierno ha optado por esta fórmula para dejar exentos a los perceptores del SMI en lugar de elevar el mínimo exento del IRPF hasta la cuantía anual de este salario, ya que, según los cálculos de Hacienda, esta otra fórmula tendría un coste de entre 1.700 y 2.000 millones de euros para las arcas públicas.
Ello se debe a que la pérdida de recaudación por elevar el umbral mínimo exento al nuevo SMI no solo estaría ligada a lo que Hacienda dejaría de ingresar por eximir del IRPF a los perceptores del salario mínimo, sino también por los ajustes en el impuesto para no perjudicar a las rentas más bajas.
De hecho, el aumento del mínimo exento del IRPF al SMI en años anteriores también ha beneficiado a los salarios próximos a dicho salario, ya que en caso contrario, se produciría el conocido como "error de salto" y tendrían que pagar retenciones mucho más elevadas, llegando a tributar un 43%, el marginal máximo del impuesto, a partir de 15.876 euros de ingresos.
Así, el año pasado el Gobierno incrementó el mínimo exento en el IRPF desde los 15.000 euros hasta los 15.876 euros, con el objetivo de actualizarlo a la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2024, y para evitar el mencionado "error de salto", la medida se extendió a contribuyentes con rendimiento netos del trabajo de hasta 19.747,5 euros anuales, los cuales vieron reducidas sus retenciones o ingresos a cuenta.