El Gobierno destina 30 millones al ahorro energético en explotaciones agropecuarias

La ministra portavoz  y de Hacienda, María Jesús Montero, se coloca la mascarilla antes de intervenir en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros celebrado en Moncloa, en Madrid (España), a 9 de marzo de 2021. Entre otras cuestiones, el Gobierno
La ministra portavoz y de Hacienda, María Jesús Montero, se coloca la mascarilla antes de intervenir en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros celebrado en Moncloa, en Madrid (España), a 9 de marzo de 2021. Entre otras cuestiones, el Gobierno - EUROPA PRESS/E. Parra. POOL - Europa Press

MADRID, 9 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha aprobado a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), un Real Decreto que regula el programa de ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias y que conlleva una línea de apoyo de 30 millones de euros.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la ministra portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha explicado que con los 30 millones aprobados se favorecerá el ahorro energético y se mejorará la competitividad del sector, además de incentivar las energías renovables y reducir las emisiones de CO2.

"El Real Decreto es un paso adelante en el cumplimiento del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC)", ha asegurado la ministra.

El PNIEC 2021-2030 contempla medidas de apoyo al ahorro energético, instalación de renovables y reducción de emisiones en el sector primario. Esta línea de ayudas se financiará con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética y será coordinada por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

Así, se destinarán 20 millones de euros a entidades agrarias, bien sean sociedades o cooperativas y otros 10 millones al marco de la eficiencia de regadíos.

En concreto, se financiará hasta el 30 por ciento del coste de ejecución de los proyectos que cada empresa ponga en marcha y que tendrá que acreditar, al menos, una reducción del uso de la energía del 10 por ciento en proyectos como modernización de los sistemas de riego, alumbrado o renovación de motores.

La distribución territorial de este monto, se acordará en la próxima Conferencia Sectorial de Agricultura ya que las ayudas serán gestionadas por las comunidades autónomas.

Tras la publicación de este Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado, cada comunidad autónoma deberá aprobar y publicar su convocatoria de ayudas y designar al órgano competente para instruir y resolver su proceso de concesión. El programa estará en vigor desde el día siguiente a su publicación hasta el 31 de diciembre de 2021.

Las subvenciones se concederán de manera directa por orden de entrada a las convocatorias que establezcan las comunidades autónomas

El programa se suma a otras actuaciones impulsadas por el Gobierno que contribuirán al ahorro de costes energéticos en el sector, como la nueva metodología de cargos que, junto a los nuevos peajes establecidos por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, fomentarán las medidas de ahorro y eficiencia, según el Gobierno.

Entre las actuaciones subvencionables figuran las de eficiencia energética de las instalaciones de regadío tales como la sustitución de grupos de bombeo por otros más eficientes energéticamente; la implantación de variadores de frecuencia y arrancadores estáticos o la sustitución por equipos más eficientes energéticamente en bombeos; implantación o modernización de sistemas de regulación, control y monitorización de la red de riego que contribuyan de forma directa al ahorro de energía.

También se financiarán actuaciones como instalación o sustitución de baterías de condensadores para mejorar la eficiencia energética de las instalaciones eléctricas de las estaciones de bombeo. Sin embargo, no serán elegibles actuaciones que contribuyan al incremento en el consumo de agua o de la superficie regable.

Otras opciones susceptibles de la ayuda son actauciones para mejorar la eficiencia energética y a la utilización de energías renovables térmicas en explotaciones agrarias como por ejemplo actuar sobre la envolvente térmica que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración de los edificios agropecuarios, incluyendo soluciones bioclimáticas; actuaciones en las instalaciones térmicas de calefacción, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria como las destinadas a los procesos de pasteurización y conservación de productos perecederos, a la climatización de naves de ganado e invernaderos, refrigeración en procesos de fermentación del vino, etc.

Asimismo figurna actuaciones como mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de generación, distribución, regulación y control y elementos terminales de las instalaciones térmicas, incluyendo el aprovechamiento de calores residuales y nuevas redes de calor.

Otra opción entre las ayudas es la sustitución de energía convencional en instalaciones térmicas por energías renovables térmicas (energía solar térmica, biomasa, energía geotérmica, energía ambiente (aerotermia o hidrotermia), bombas de calor o una combinación de ellas). No se considerará elegible la sustitución de un generador térmico por otro que utilice combustible de origen fósil.

Se incluye también la reforma o sustitución de instalaciones de iluminación interior y alumbrado exterior y la renovación de motores para accionamientos mecánicos y otros servicios propios de estas actividades

Por otro lado, los requisitos para que un proyecto sea subvencionable pasan por conseguir y justificar una reducción del consumo de energía final de un 10 por ciento con respecto a su situación de partida; justificar el ahorro de energía final mediante uno de los métodos de cálculo del anexo V de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, y según la Recomendación (UE) 2019/1658 de la Comisión de 25 de septiembre de 2019.

Serán destinatarios de ayuda aquellas personas físicas o jurídicas, privadas o públicas, que sean titulares de una explotación agropecuaria; las Comunidades de Regantes y otras organizaciones dirigidas a la gestión de agua para el riego agropecuario o la gestión común de otros combustibles y fuentes de energía para fines agropecuarios; los titulares de explotaciones agropecuarias de regadío que utilicen redes de riego que necesiten consumo de energía eléctrica; cualquier organización de productores agropecuarios reconocida, las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía, según queda recogido en la Directiva 2018/2001 sobre fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables; así como las empresas de servicios energéticos.