MADRID, 10 Mar. (EUROPA PRESS) -
Un juzgado de Barcelona ha avalado el canje de obligaciones subordinadas emitidas por Caixa Laietana (integrada en Bankia) por acciones de la entidad nacionalizada, al considerar que no se incurrió en mala praxis ante el "perfecto conocimiento" del demandante.
La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, acredita que el demandante acordó con Caixa Laietana la adquisición de este tipo de instrumento híbrido y subraya que el cliente fue "puntualmente y perfectamente" informado de que los títulos de Bankia podrían sufrir depreciaciones en Bolsa.
El cliente de la antigua caja de ahorros reclamaba una indemnización por daños y perjuicios ante la venta de sus títulos recibidos en el canje por una "imperiosa necesidad de liquidez". Entre el dinero invertido en obligaciones subordinadas y la cantidad ingresada por la venta de acciones, el demandante reclamaba a Caixa Laietana (ahora Bankia) un montante de unos 14.400 euros.
Así pues, el Juzgado de Primera Instancia número 43 de Barcelona da la razón a Caixa Laietana en el canje de subordinadas por títulos de Bankia. La entidad argumentaba en la defensa que el cliente había canalizado sus ahorros de "forma consciente", máxime cuando el demandante forma parte de una familia que había adquirido este tipo de producto en hasta 29 ocasiones.