Cómo reclamar tu cláusula suelo sin acudir a los tribunales

Cláusulas suelo procedimiento extrajudicial
EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 20 enero 2017 17:58

MADRID, 20 Ene. (EDIZIONES) -

El Gobierno ha aprobado este viernes un Real Decreto por el que se regula un procedimiento extrajudicial para que las entidades financieras devuelvan las cantidades cobradas de más por las cláusulas suelo pertinentes sin necesidad de acudir a la vía judicial.

Este decreto pretende evitar el colapso de los juzgados pero solo se plantea como una alternativa para los usuarios perjudicados, que no están obligados a acogerse a él y pueden seguir reclamando a través de los tribunales.

Según ha expresado el ministro de Economía , Industria y Competitividad, Luis de Guindos en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el el nuevo procedimiento no tendrá coste alguno para el consumidor.

El mecanismo funcionará de la manera siguiente: Las entidades contarán con un mes de plazo, a partir del próximo lunes, para preparar un departamento que se dedique a avisar a los usuarios afectados de que pueden reclamar a través de este procedimiento y que luego atienda estas reclamaciones.

Pasado este momento, los afectados podrán a empezar a hacer sus reclamaciones que serán atendidas por los bancos, quienes les remitirán una propuesta de compensación a sus clientes y se iniciará una fase de negociación en la que los afectados podrán aceptar o no la oferta de la banca.

En total, el proceso de negociación no puede durar más de tres meses. Pasado este tiempo, el procedimiento quedará cancelado y el usuario deberá acudir a los tribunales si quiere continuar con su reclamación.

Dado este caso, el cliente estará exento de pagar las costas judiciales si finalmente los tribunales le atribuyen una compensación mayor a la que le ofertaba la entidad financiera.

Si al recibir la reclamación el banco considera que no debe abonar nada al cliente, también se dará por finalizada la negociación y el afectado deberá pasar a la fase judicial.

Pero si por el contrario cliente y banco llegan a un acuerdo, el demandante tendrá un plazo de quince días para aceptar la oferta final de la banca para después recibir su compensación.

El pago se hará generalmente en efectivo, pero, según ha destacado el ministro durante la rueda de prensa, las partes pueden llegar a un acuerdo en el que se pacte una compensación diferente. Dado el caso, el banco debe proporcionar al cliente un documento en el que se expliquen las condiciones del acuerdo y este debe aceptarlas reconociendo expresamente que entiende lo que firma.

En caso de que el cliente no acepte, también se cancelaría el proceso y solo quedaría abierta la opción de recurrir en los tribunales.

LAS PARTES NO PODRÁN TOMAR ACCIONES JUDICIALES

Una vez arrancado el proceso de reclamación extrajudicial, las partes no podrán tomar acciones legales la una contra la otra por esta causa. De hacerlo alguna de ellas, el proceso quedaría cerrado y solo se podría llegar a una compensación por la vía judicial.

SE REFORMA LA LEY DEL IRPF

En cuanto al tratamiento fiscal, el Gobierno ha aprobado una reforma de la Ley del IRPF para que en los casos de devolución se garantice la neutralidad fiscal para el consumidor.

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