Si percibiste tu prestación de maternidad o paternidad a partir de 2014, puedes solicitar que te devuelvan lo tributado en el IRPF
MADRID, 2 (EDIZIONES) -
El Ministerio de Hacienda ha comenzado a devolver a los progenitores de bebés nacidos entre 2014 y 2017 el IPRF pagado por las prestaciones de maternidad y paternidad que recibieron durante las bajas laborales al ser padres.
Montero anunció los detalles del proceso en diciembre dos meses después de que el Tribunal Supremo determinara que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social, que perciben las mujeres trabajadoras durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento de un hijo, están exentas del IRPF, en contra del criterio que mantenía la Agencia Tributaria.
Desde Mercado Financiero hemos preparado una guía con las preguntas y respuestas para aclarar cómo solicitar la devolución de la prestación por maternidad a las arcas públicas.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN?
Los contribuyentes que incluyeron la prestación por maternidad en sus declaraciones de IRPF de los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017 pueden solicitar la devolución de la prestación por maternidad, ya que los ejercicios anteriores han prescrito al haber pasado más de cuatro años.
Los contribuyentes que hubieran sufrido retenciones por las prestaciones de maternidad y paternidad de 2018 no deben realizar ningún trámite particular. Su declaración de la Renta de 2018, que se presenta en 2019, ya incorporará las prestaciones como rentas exentas y las retenciones soportadas serán deducibles.
Aunque la norma de IRPF habla de prestaciones de maternidad, no sólo las madres perceptoras de dicha prestación podrán instar la reclamación. También podrán reclamar los padres que la hayan percibido, porque cuando el padre disfruta del periodo cedido por la madre, la prestación que él percibe sigue siendo de maternidad.
Asimismo, aunque la sentencia no afecta a los permisos de colectivos como los funcionarios que cotizan a través de mutuas profesionales como la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (Muface), el Gobierno se ha comprometido a hacer un cambio legislativo que permita a los funcionarios que no se les retenga el IRPF, ya que sería injusto no hacerlo.
¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITARLO?
Para agilizar el proceso Hacienda ha habilitado este formulario específico disponible en la web de la Agencia Tributaria, solo habrá que indicar el año o años en los que se ha percibido la ayuda y el número de cuenta bancaria donde se abonará la devolución.
Esta solicitud se podrá realizar por los procedimientos telemáticos tradicionales (RENO, Clave PIN o certificado electrónico) disponibles así como presentando el formulario en papel en las oficinas de registro de la Agencia Tributaria, si bien Hacienda recomienda realizar el trámite por vía telemática por su mayor agilidad.
Este es el formulario 'online' para reclamar la devolución del IRPF (puedes descargarlo)
CÓMO RELLENAR EL FORMULARIO
- Interesado. Se rellenará con los datos identificativos del perceptor de la prestación que solicita la rectificación, es decir, el nombre del padre o la madre.
- Representante. Sólo se rellenará en el caso de que el interesado actúe por medio de representante. Se harán constar los datos identificativos del representante y con la solicitud deberá aportarse la documentación acreditativa de la representación.
- Datos adicionales. Se deberán indicar los años en los que se ha percibido la prestación. Por ejemplo, si se ha percibido la prestación durante los meses de noviembre y diciembre de 2014, y enero y febrero de 2015, se deberán marcar ambos.
- Datos de la devolución. Se deberá indicar el código IBAN de una cuenta bancaria de la que sea titular el perceptor de la prestación (para el caso de que se desee la devolución en cuenta en el extranjero, también se deberá incorporar el código SWIFT).
- Fecha y firma. Se indicará el lugar y la fecha y se firmará el documento por el presentador de la solicitud.
OPCIONES DE ENVÍO TELEMÁTICO
Hacienda recomienda presentar esta solicitud por los procedimientos telemáticos tradicionales :
Para acceder al sistema RENO se precisará el número de referencia correspondiente a la última declaración (IRPF 2017); si no se dispone de él, se puede solicitar un nuevo número en la web de la AEAT, aportando la casilla 450 de Renta 2016, el NIF y la fecha de validez.
En cuanto al sistema Clave PIN, los contribuyentes que opten por esta vía deberán hacer el trámite habitual: obtener un PIN en la web de la AEAT, consignando NIF, fecha de caducidad y una contraseña de cuatro caracteres; a continuación, recibirán un PIN de tres dígitos que, junto con la contraseña, forman el código de acceso necesario para realizar el trámite de solicitud.
Certificado electrónico. Consiste en un certificado que emite la Fábrica de Moneda y Timbre y que se instala en el ordenador, momento a partir del cual se puede utilizar para los distintos trámites con las administraciones, también con la Agencia.
¿CUÁNDO HAY QUE PEDIRLO?
El proceso de solicitud se ha divido en dos etapas por razones operativas. En concreto, los padres y madres de niños nacidos entre 2014 y 2015 comenzaron a solicitar la devolución el 3 de diciembre, y este miércoles, 2 de enero, se incia el procedimiento para las devoluciones de niños nacidos en 2016 y 2017.
Las devoluciones empezaron a realizarse en diciembre y la ministra Montero prevé que en abril todos los contribuyentes hayan obtenido esta devolución.
¿CUÁNTO ME VAN A DEVOLVER?
Despende de cada caso. La cuantía puede variar bastante según cual sea el importe de la prestación recibida y el tipo marginal aplicado al resto de ingresos del contribuyente.
Según ha señalado la titular del Ministerio el coste total ascenderá entorno a los 1.200 millones de euros y la devolución media por maternidad será de 1.600 euros, mientras que la de paternidad rondará los 383 euros.
Puedes localizar el importe de la prestación por maternidad que hayas percibido en los datos fiscales remitidos por Hacienda. Si no los conservas en papel, puedes consultarlos en la web de Agencia Tributaria dándote de alta en el sistema ClavePIN.