MADRID, 1 Jul. (EDIZIONES) -
La compra de una vivienda es problablemente uno de los mayores gastos a lo largo de la vida. Además del precio pactado con el vendedor, hay que tener en cuenta unos gastos asociados en torno al 10 ó 15% del valor total de la misma.
Antes de tomar esta decisión, es necesario prever una serie de gastos y trámites que deben resolverse. En algunos casos, el agente inmobiliario o el banco pueden encargarse de realizar alguno de los trámites. Sin embargo, como comprador debes estar al tanto de todas las gestiones necesarias y pagos que asumir.
Coge papel y boli: estos son los principales trámites y gastos que afrontar.
CINCO TRÁMITES PARA COMPRAR UNA VIVIENDA
1. En primer lugar, debes acudir al Registro de la Propiedad para obtener toda la información jurídica acerca de la vivienda. Te interesará saber si tiene cargas asociadas, como una hipoteca o si está embargada. Puedes pedir una nota simple o bien un certificado de dominios y cargas, que tiene validez legal.
2. Es necesario ir al ayuntamiento de la localidad para conocer la situación legal del edificio, pues podría estar afectado por un plan urbanístico futuro.
3. Acudir al notario para escriturar la vivienda. Sus honorarios están regulados por ley y son proporcionales al valor del inmueble.
4. Inscribir las dos escrituras, la de la vivienda y la de la hipoteca, a tu nombre, en el Registro de la Propiedad. El coste varía según el ayuntamiento y según el precio de la vivienda.
5. Acudir al catastro del ayuntamiento donde se encuentra la vivienda para cambiarle el titular. Este trámite no es obligatorio, pero es aconsejable. Así te podrán enviar el IBI, que deberás pagar cuando ya seas propietario de la vivienda.
DIEZ GASTOS ASOCIADOS A LA COMPRAVENTA
1. Si la vivienda te interesa mucho, debes empezar realizando una paga y señal para que te la reserven. La cantidad no tiene que ser muy elevada. También puedes redactar un precontrato de compraventa, donde se detallen todos los datos sobre el inmueble y el procedimiento de pagos pactado con el vendedor.
2. Firmar el contrato de arras, que está regulado en el Código Civil y también sirve para que te reserven la vivienda. La cantidad a abonar oscila entre el 5% y el 15% del valor de la vivienda, que luego se descuenta del total, y compromete a las dos partes: comprador y vendedor. Se puede rescindir, pero perderás el dinero. Si lo rescinde el vendedor, deberá pagarte el doble de lo que has puesto.
3. Elegir la hipoteca que más te convenga para financiar la compra. El Banco de España recomienda que el importe mensual de la hipoteca no supere el 30% de tus ingresos. La formalización del contrato de la hipoteca genera un Acto Jurídico Documentado (AJD) que cuesta un 1% de la cantidad escriturada.
4. Tasar la vivienda para establecer su precio según el mercado actual por parte de un tasador oficial. Es un requisito para el cálculo de la hipoteca por parte del banco. La tasación suele costar entre 250 y 350 euros.
5. Si se trata de vivienda de segunda mano, debes pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que varía segunda la CC.AA. entre un 5% y un 10% del valor escriturado.
6. Sin embargo, si la vivienda es nueva, debes pagar el IVA: un 10% del valor escriturado si la vivienda es de carácter general o un 4% si la vivienda es protegida.
7. Suministros: es necesario cambiar el titular de los contadores de luz, agua y gas.
8. Pagar los gastos de la inmobiliaria y de la gestoría, si has contratado sus servicios para asesorarte en todo el proceso de compraventa.
CUANDO YA SEAS PROPIETARIO...MÁS IMPUESTOS
9. Una vez que seas propietario también debes pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) al ayuntamiento, que se sitúa entre el 0,4 % y el 1,1 % del valor catastral de la vivienda. En el año de venta de la vivienda, es el propietario quien debe pagar el IBI. Este impuesto anual, que a veces se puede fraccionar, a veces se cobra junto con el impuesto de basuras, que varía según el municipio.
10. Por último, si se trata de una comunidad de vecinos, deberás asumir el pago de cuotas de mantenimiento de la comunidad, para los gastos de la finca, así como el seguro de la comunidad que cubre los siniestros estructurales del inmueble.
Sin embargo, algunos de estos pagos podrás deducirlos en tu Declaración de la Renta. Asimismo, si la compra se ubica en un municipio rural de menos de 5.000 habitantes podrás beneficiarte del nuevo Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 contempla ayudas a la compra para menores de 35 años en las zonas afectadas por la despoblación rural.