BRUSELAS, 7 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha confirmado la multa de 4,2 millones de euros impuesta por Bruselas en 2008 a las empresas españolas Aragonesas y su matriz en el momento de los hechos, Corporación Empresarial de Materiales de Construcción (CEMC, antes Uralita), por participar en un cartel en el sector del clorato de sodio, un producto para blanquear papel.
En 2012, la Comisión Europea decidió rebajar de 9,9 a 4,2 millones de euros esta multa tras una primera sentencia del TUE, lo que llevó a CEMC a presentar un nuevo recurso, esta vez para impugnar la decisión modificada del Ejecutivo comunitario, al considerar que había prescrito el plazo para imponer tal multa.
En su sentencia, el Tribunal europeo explica que la facultad de la Comisión para imponer multas a empresas que infringen las normas de la UE "está sometida a un plazo de prescripción de cinco años".
Pero señala que, si bien el plazo comienza a correr normalmente cuando se comete la infracción, cuando se trata de una infracción "continua o continuada", como es este caso, el plazo sólo empezará a correr a partir del día en que haya finalizado.
En el caso que afecta a CEMC, el plazo debería haber expirado en diciembre de 2003, pero la normativa comunitaria permite interrumpir el plazo de prescripción cuando se notifique un acto de instrucción o de investigación a al menos una de las empresas en el caso.
El TUE confirma en su sentencia que se cumplen los requisitos para aplazar la prescripción en este caso, por lo que concluye que la decisión de 2008 con la multa revisada se produjo "dentro del plazo establecido"