La UE obligará a pagar a los proveedores en un plazo máximo de 30 días

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Reuters
Actualizado: miércoles, 20 octubre 2010 18:55

ESTRASBURGO (FRANCIA), 20 (EUROPA PRESS)

Las empresas y el sector público tendrán que pagar a sus proveedores como regla general en un plazo máximo de 30 días, según la nueva norma comunitaria para luchar contra la morosidad en las operaciones comerciales aprobada de forma definitiva por el pleno de la Eurocámara por 612 votos a favor, 12 en contra y 21 abstenciones.

La directiva, cuyo contenido ya ha sido pactado con los Veintisiete, tiene como objetivo garantizar que las pequeñas y medianas empresas (pymes) no sufran más problemas financieros debido al retraso en el pago de facturas de autoridades públicas y grandes compañías.

"Hemos querido garantizar que los derechos de las pequeñas empresas se respeten para mejorar la liquidez y crear un mejor clima para las inversiones en nuevos empleos", ha explicado la negociadora por parte de la Eurocámara, la socialista alemana Barbara Weiler.

La propuesta original de la Comisión señalaba que los plazos de pago debían fijarse por acuerdo entre el deudor y el acreedor. Pero los negociadores del Parlamento convencieron a la presidencia belga de aceptar la regla de los 30 días para toda Europa.

Para las autoridades públicas, sólo en "circunstancias excepcionales" el periodo de pago podrá alargarse más allá de 30 días. Pero en ningún caso se podrá pasar de 60 días y será necesario presentar una justificación para cualquier prórroga.

Para los hospitales, los Estados miembros podrán fijar plazos de pago distintos de hasta 60 días. Esta excepción se contempla por la naturaleza específica de estos centros, que suelen financiarse a través de reembolsos, en virtud de los sistemas de seguridad social.

En los pagos de empresa a empresa, el plazo general es de 30 días a menos que en el contrato se diga lo contrario. Si las dos partes están de acuerdo, se puede llegar a los 60 días. El periodo de pago puede extenderse más allá de 60 días sólo si hay un "acuerdo expreso" entre el acreedor y el deudor y si no es "extremadamente injusto" para el acreedor.

El interés de demora si se retrasa un pago se fija en el tipo de referencia más un 8%. Además, la Eurocámara y los Veintisiete han acordado una cantidad fija de 40 euros como compensación por los costes de recuperación.

Los Estados miembros tienen ahora dos años para trasladar la directiva a sus respectivas legislaciones nacionales.