MADRID 2 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Dirección General de Carreteras (DGC) ha aprobado una orden circular que define los criterios para calcular la huella de carbono resultado de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) provenientes de la construcción y rehabilitación de firmes, con el fin de impulsar la utilización de técnicas de construcción más sostenibles.
Esta orden se enmarca en el 'Plan de Descarbonización de la Dirección General de Carreteras 2021-2030', todavía en redacción, con el que se pretende reducir un 50% las emisiones para el año 2030 respecto a las de 2021.
La norma recoge una serie de criterios y consideraciones como primer paso para el cálculo de la huella de carbono, que se realiza en las dos primeras etapas dentro del proceso de instalación de firmes.
'La etapa de 'producto', la primera en la instalación de firmes, se corresponde a la fase de suministro y transporte de materias primas y fabricación de los materiales que compondrán el firme o la explanada. Y, la segunda fase, relativa al 'proceso de construcción', está relacionada con la fase de transporte y puesta en obra del firme.
A su vez, con la orden se persigue impulsar el empleo de técnicas de construcción más sostenibles y respetuosas con el medio ambiente, que permitan reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.
Por ejemplo, se establece la obligatoriedad de la priorización de las técnicas de mezclas semicaliente, que precisan menos energía para calentar los materiales, lo que permite una reducción de los costes de producción, de las emisiones y, por ello, de la huella de carbono.
En la norma también se establece como preceptivo el cálculo de la huella de carbono de las etapas 'producto' y 'proceso de producción' para aquellos proyectos de firmes que afecten a una superficie igual o superior a 10.000 metros cuadrados.
Por otra parte, Carreteras licitó un contrato de servicios de consultoría y asistencia técnica para el cálculo de la huella de carbono y la elaboración del 'Plan de Descarbonización 2021-2030'.
Con dicho contrato, se está cuantificando la huella de carbono de las emisiones de alcances 1 (emisiones directas de las instalaciones y la flota de vehículos de la DGC) y de alcance 2 (emisiones indirectas causadas por el generación de energía consumida de la DGC) en su totalidad, así como de una parte de las emisiones de alcance 3 (otras emisiones indirectas fuera del control de la DGC).
Los ámbitos objeto de estudio de la huella de carbono son las emisiones generadas por las actividades de conservación y explotación ordinarias llevadas a cabo desde los sectores COEX, como la reposición de señales, siega o desbroce de los márgenes de la carretera; así como los desplazamientos de los trabajadores de la DGC.
Sin embargo, debido a que la cuantificación completa de las emisiones del alcance 3 es un "proceso complejo", según el Ministerio, al requerir el cálculo de la huella de carbono del resto de obras de la DGC, se ha decidido calcular "las emisiones de actuaciones en firmes y/o explanadas de nueva construcción y/o rehabilitación; teniendo en cuenta que ambos son activos de gran importancia en todas las actuaciones de esta dirección general".