A juicio de la organización de consumidores, la cláusula de Last Tour es "abusiva" porque la actividad central del festival no es la hostelería
BILBAO, 9 Jul. (EUROPA PRESS) -
La organización de consumidores Facua ha denunciado por segundo año ante Kontsumobide a la promotora del Bilbao BBK Live, Last Tour, por prohibir dentro de la normativa del festival el acceso al recinto acotado de Kobetamendi con comida y bebida del exterior.
A juicio de Facua, la organizadora del festival, con esa disposición, "incurre en una cláusula abusiva al no permitir acceder con alimentos del exterior, ya que su actividad principal no es la hostelería", según ha indicado la propia asociación de consumidores en un comunicado.
Facua ha recordado asimismo que ya denunció en 2017 a Last Tour por quedarse con el dinero no gastado y cargado en las pulseras cashless, única forma de pago autorizada dentro del recinto. Según aquella cláusula fijada por la promotora, las cantidades inferiores a 2 euros que no se gastaran no serían reembolsadas y, además, Last Tour cobraba un euro más en concepto de transferencia bancaria. Tras esa denuncia, Kontsumobide inició un expediente sancionador contra la empresa.
Para Facua, una de las reglas fijadas por la organizadora del festival es la prohibición de acceder con alimentos y bebidas de fuera, un requisito que la organización de consumidores entiende que, "dado que la actividad principal del evento es la celebración de conciertos y no la hostelería, se puede considerar abusivo ya que, según indica el propio festival, se pueden adquirir alimentos en su interior".
La asociación ha recordado que el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios considera que "no permitir la entrada con comida y bebida de fuera es una cláusula abusiva según el artículo 82.1, que establece como tales todas aquellas prácticas que causen un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato".
De igual forma, ha añadido, la Comisión de Cooperación de Consumo estableció en su consulta número 5 del año 2000 que "las cláusulas en las que se impone al consumidor limitaciones en orden a la adquisición de los productos sin fundarse en circunstancias objetivas, deben ser consideradas abusivas".
La asociación de consumidores ha recomendado a los usuarios que acudan a éste o a cualquier otro evento de este tipo, como cines o parques de atracciones, que incluyan esta prohibición que "se lo comuniquen a la asociación de consumidores para formular las oportunas denuncias contra las empresas responsables de las mismas".
Con esta nueva denuncia por prohibir acceder con comida del exterior, Facua y sus organizaciones territoriales llevan denunciados en lo que va de 2019 a 23 festivales por este motivo en 2019 ante las respectivas autoridades de consumo autonómicas.