BRUSELAS 12 (EUROPA PRESS)
El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este jueves que desestima el recurso del Consejo Regulador del Cava que pedía la anulación como marca de la UE del vino francés 'Cave de Tain', al considerar que existen suficientes diferencias para distinguir esta marca de los vinos de denominación de origen española 'cava'.
"Las cualidades y las características específicas asociadas a los productos protegidos están vinculadas necesaria e indisociablemente a un origen geográfico determinado", dice la sentencia, por lo que la marca francesa se distingue gráficamente de la denominación de origen protegida 'cava' por la presencia de un elemento figurativo y las particularidades que lo caracterizan.
Así, la Justicia española ha considerado que las particularidades de la marca 'Cave de Tain' le otorgan "una apariencia singular", lo cual implica que la similitud gráfica entre las dos marcas es "baja".
La sentencia concluye, en ese sentido, que la Oficina Europea de Propiedad Intelectual (EUIPO) "obró acertadamente al considerar que las diferencias entre la marca y la denominación de origen protegida descartaban cualquier posibilidad de evocación de esta última por parte de la marca de la unión de propietarios francesa".
Por último, el TUE considera que "independientemente de sus capacidades lingüísticas, el consumidor asociará la marca francesa, por su estructura, a un vino producido en Francia", por lo que dicha asociación impide que la marca francesa evoque la denominación de origen protegida 'cava'.
Contra esta sentencia de la Justicia europea todavía puede interponerse recurso de casación ante el TUE en el plazo de dos meses, contado a partir de su notificación.