BRUSELAS, 8 May. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha rechazado este miércoles el recurso presentado por la empresa murciana García Carrión contra la solicitud del cava catalán 'Jaume Codorníu' de ser registrado como marca de la Unión Europea, al concluir que no existe riesgo de confusión de las marcas para los consumidores europeos.
El proceso lo inicio Codorníu en septiembre de 2015, cuando pidió que el signo denominativo 'Jaume Codorníu' fuera marca europea para bebidas alcohólicas, salvo para cervezas.
La empresa murciana se opuso a tal registro meses después alegando que existía riesgo de confusión con su marca 'Jaume Serra', registrada ya a nivel europeo para bebidas alcohólicas, salvo cervezas, y en el ámbito español para vinos de cava, entre otros.
La Oficina de Propiedad Intelectual de la UE (EUIPO) estimó inicialmente las reservas de la empresa murciana, pero finalmente admitió un recurso posterior de Codorníu y asumió que los consumidores no confundirían ni asociarían ambas denominaciones, ya que los apellidos las diferenciaban.
El Tribunal General de la UE confirma ahora la decisión última de la EUIPO y descarta los argumentos de García Carrión, según los cuales la similitud visual, fonética y conceptual de los signos que componen las marcas enfrentadas podía inducir a error.
Tanto la EUIPO como el Tribunal con sede en Luxemburgo no ven un riesgo en el hecho de que las marcas compartan nombre de pila, ya que incorporan apellidos "que no son especialmente frecuentes" y son suficientes para indicar los distintos orígenes empresariales.
Las autoridades europeas tampoco dan por bueno el argumento de García Carrión de que la EUIPO cometiera un error al concluir que existía un nivel bajo de similitud visual entre los signos enfrentados y que el nivel de similitud fonética era, a lo sumo, medio.