MADRID 15 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Nacional ha aclarado que los accionistas que adquirieron títulos de Pescanova entre el 11 de mayo de 2009 y el 12 de marzo de 2013 tienen derecho a reclamar una indemnización por su inversión en la compañía, ya que lo hicieron bajo información financiera que no reflejaba la situación real de la entidad, según ha informado Unive Abogados.
En concreto, este bufete solicitó a la Audiencia Nacional que aclarase la sentencia del 'caso Pescanova', ya que al parecer la misma excluía de la condición de perjudicados a aquellos que compraron títulos "después de ser conocida públicamente su situación financiera real" y no dejaba claro el momento en el cual consideraba que tal hecho tuvo lugar.
De esta forma, el pasado 14 de octubre la Sala Penal de la Audiencia Nacional ha notificado el auto estimando la aclaración y considera que quienes se hicieron con títulos de la pesquera hasta el 12 de marzo de 2013 lo hicieron bajo información falsa.
Ese día, la multinacional española publicó un hecho relevante en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en el que comunicaba que había "detectado discrepancias" entre su contabilidad y las cifras de deuda bancaria. Minutos después, la CNMV suspendía la cotización de la acción, no reanudándose hasta 2017.
El bufete ha señalado que el inicio del suministro de información falsa empezó el 11 de mayo de 2009, cuando la compañía comunicó en el informe trimestral de ese año "conociendo que los resultados que se iban a publicar ocultaban la deuda financiera real y no reflejaban la imagen fiel de la sociedad".
Esta aclaración ha permitido delimitar que aquellos inversores que adquirieron sus títulos entre el 11 de mayo de 2009 y el 12 de marzo de 2013 tendrán derecho a reclamar su indemnización.
La sentencia de la Audiencia Nacional considera probado que la 'vieja Pescanova', ante acusadas necesidades financieras, utilizó medios de financiación basados en unas relaciones comerciales ficticias. Para ello, entre otras operaciones, creó sociedades instrumentales destinadas a aparentar relaciones comerciales, utilizó datos de antiguos clientes o terceros para solicitar financiación a través del 'factoring' o el descuento y ocultaba deudas financieras.
El fallo, que condena a penas privativas de libertad que van desde los seis meses hasta los seis años para la cúpula directiva de la empresa, prevé por primera vez en España la condena a la auditora externa de la compañía, BDO Auditores, como responsable de un delito falseamiento de información económica.
Unive Abogados ha indicado que la condena a BDO es "especialmente relevante" porque junto a ella tendrá que responder la aseguradora Mapfre, con quien tenía concertado un seguro de responsabilidad civil.
Estas dos mercantiles, junto con la multinacional pesquera y el resto de la cúpula de la misma, autores de los referidos delitos, deberán indemnizar solidariamente por los perjuicios irrogados a los que invirtieron en la entidad durante el tiempo que ésta falseó sus cuentas, con independencia de que estos estuvieran personados en la causa o no, por lo que podrán solicitar su indemnización según las bases de la sentencia en el trámite de ejecución de la misma.
La Audiencia Nacional condenó a ocho años de cárcel al expresidente de Pescanova Manuel Fernández de Sousa-Faro y a penas que van de los seis meses a los tres años y medio de prisión para otros 11 acusados de la excúpula de la compañía por las prácticas irregulares que pusieron en marcha con el fin de obtener financiación bancaria para la empresa y por manipular las cuentas de la entidad para poder captar inversores que acabaron perdiendo su dinero.
Además de las personas físicas, la Audiencia Nacional ha condenado, entre otras, a las personas jurídicas Pescanova SA y a BDO Auditores a penas de multa y a satisfacer diferentes cantidades en concepto de responsabilidad civil que, en algunos casos, llegan a los más de 51 millones de euros por las cantidades que acabaron perdiendo algunos de los inversores.