Actualizado 23/05/2008 09:20

Los 27 logran un acuerdo sobre la norma que armoniza los procedimientos de repatriación de irregulares

Los inmigrantes podrán permanecer retenidos en centros de internamiento de la UE hasta 18 meses antes de su expulsión

BRUSELAS, 23 May. (EUROPA PRESS) -

Los Veintisiete llegaron este jueves, tras cerca de tres años de debate, a un acuerdo sobre la directiva que armoniza los procedimientos de repatriación de inmigrantes y que permitirá que éstos permanezcan en centros de internamiento de los países miembros a la espera de su expulsión hasta un máximo de 18 meses.

La medida deberá ser aprobada ahora por el Parlamento Europeo, que la abordará previsiblemente en su pleno de junio. La presidencia eslovena expresó hoy a través de un comunicado su confianza en que el texto sea adoptado por la Eurocámara en primera lectura.

El último "problema" que ayer frenó el acuerdo entre los embajadores de los 27 Estados miembros, en relación a la obligatoriedad de ofrecer asistencia jurídica gratuita a los inmigrantes que carezcan de recursos económicos para financiarla, fue finalmente salvado hoy.

La oposición a este punto de países como Alemania y Grecia --que argumentó no sólo motivos presupuestarios, sino también burocráticos para no aceptarlo-- se resolvió este jueves al decidir que la asistencia legal gratuita "pueda darse de acuerdo a la legislación nacional", según informaron fuentes comunitarias.

No obstante, las mismas fuentes señalaron que el Consejo Europeo adoptó una declaración, fuera del texto de compromiso, en la que "se invita" a los Estados miembros a que prevean en sus sistemas nacionales un presupuesto para posibilitar que un inmigrante en condiciones irregulares pueda acceder a una asistencia gratuita si no puede costearla por sí mismo.

Para el ministro esloveno de Interior y presidente del Consejo Europeo de Interior, Dragutin Mate, la directiva de retorno pretende constituir "reglas claras, transparentes e igualitarias" en esta materia, "siempre respetando los Derechos Humanos y las libertades fundamentales de las personas implicadas".

HASTA 18 MESES DE RETENCIÓN

El objetivo de la nueva norma es armonizar los procedimientos que siguen los Estados miembros en la repatriación de inmigrantes irregulares, ya que en la actualidad cada país puede hacer lo que quiera y aplicar los plazos que considere oportunos. Por ejemplo, en estos momentos, un total de nueve países --Reino Unido, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Grecia, Irlanda, Malta, Países Bajos y Suecia-- no contemplan en su legislación ningún límite para la retención de inmigrantes.

Para los países de aplicación de la nueva directiva supone que deberán cambiar su normativa para introducir el nuevo límite de seis meses, que se podrá ampliar a 18 si hay una falta de cooperación del inmigrante o si hay demoras en la obtención de la documentación necesaria que deban expedir terceros países. A España no le afectaría este límite porque en la actualidad el periodo máximo de retención es de 40 días y la directiva de retorno no le obliga a ampliarlo.

Los inmigrantes sólo podrán ser devueltos a su país de origen o a aquellos países con los que los Estados miembros o la UE hayan concluido acuerdos de repatriación. Además, el texto acordado por los embajadores europeos señala que "cualquier detención será por un periodo de tiempo tan corto como sea posible y sólo se extenderá mientras se desarrollan los preparativos para la repatriación". Según explicó la presidencia eslovena, el periodo de detención será objeto de una "supervisión" periódica realizada por una "autoridad judicial".

RETORNO VOLUNTARIO

La norma establece que cuando una persona en situación irregular sea expulsada tendrá prohibida su entrada en territorio comunitario durante un periodo de cinco años, que podrá ser ampliado en el caso de que se considere que ese inmigrante representa una amenaza para la seguridad pública o nacional.

Sin embargo, se introduce el principio de retorno voluntario, que evitaría esta prohibición de entrada. Cada inmigrante tiene derecho a dejar el país voluntariamente y los Estados miembros deberán fijar un plazo para ello de entre siete y treinta días.

La directiva de retorno se aplica también a los menores no acompañados, aunque en este caso se prevén garantías específicas que se aplicarán a los casos de personas "vulnerables".