BARCELONA 11 Mar. (EUROPA PRESS) -
La consellera de Bienestar Social y Familia de la Generalitat, Neus Munté, ha anunciado este miércoles que su departamento ya tiene listo el decreto que regulará las condiciones para que las víctimas de violencia machista reciban una indemnización, y espera que sea efectivo este mismo año.
En una comparecencia en la Comisión de Igualdad del Parlament junto a la presidenta del Institut Català de les Dones (ICD), Montse Gatell, la consellera ha explicado que un artículo de la ley del derecho de las mujeres establece el derecho a percibir del Govern una cantidad para las que han sufrido secuelas, lesiones corporales o daños en la salud física o psíquica.
El decreto establece que es un derecho subjetivo que garantiza derechos económicos para las mujeres en situación de violencia machista, para favorecer su recuperación y reparación integral.
Fija que las beneficiarias son las que requieren "objetivamente para su curación" tratamiento médico, quirúrgico o psicológico; los hijos menores de 26 años o mayores de esta edad si tienen reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65% que dependan económicamente en el momento de la muerte de la madre, y las personas sometidas a tutela o acogida familiar preadoptiva de la víctima en el mismo supuesto.
IMPORTES
El decreto que aprobará el Govern fija que la indemnización se concederá una sola vez y en un solo pago, y establece diversos importes: en el caso de mujeres con secuelas, lesiones corporales o daños físicos o psíquicos será cinco veces el indicador de la Renta de Suficiencia de Catalunya (IRSC) mensual.
Esta cantidad se incrementará un 25% si la mujer tiene una discapacidad con grado igual o superior al 33%, y para los hijos de víctimas mortales por violencia machista la indemnización será diez veces el IRSC mensual.
COMPATIBILIDAD
Munté, que considera "nefasto" 2014 por las muertes de violencia machista, ha asegurado que estas indemnizaciones serán compatibles con las que haya podido establecer una sentencia judicial u otras prestaciones públicas o privadas.
Para tener derecho a esta indemnización, será necesaria una resolución judicial que acredite que la solicitante o la madre de ésta ha sido víctima de violencia machista, y prescribe al año de la fecha de notificación de la resolución judicial.
El decreto especifica que las personas beneficiarias tendrán que estar empadronadas y residir legalmente en Catalunya, o bien trabajar en Catalunya y que los hechos hayan ocurrido en la comunidad.
En declaraciones tras la comparecencia, ha dicho que se desconoce el número exacto de mujeres que podrán ser beneficiarias, y que no se ha valorado todavía la retroactividad, lo que se hará en el desarrollo del decreto.
El decreto también incluye las disposiciones relativas a la ayuda estatal económica para mujeres víctimas de violencia machista con un determinado nivel de renta y con especiales dificultades para encontrar trabajo.
Durante la comparecencia, Munté y Gatell han sostenido que el departamento ha reordenado sus recursos sobre igualdad priorizando y poniendo el foco donde es necesario, ante las críticas de PSC, ICV-EUiA y CUP, y la consellera ha lamentado el descenso de las aportaciones realizadas por el Estado en la materia.