Informe anual 2023 del Defensor del Pueblo, en el Salón de Pasos Perdidos, a 22 de marzo de 2024, en Madrid (España). El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha entregado el Informe Anual de 2023 a la presidenta del Congreso, Francina Armengol.
Informe anual 2023 del Defensor del Pueblo, en el Salón de Pasos Perdidos, a 22 de marzo de 2024, en Madrid (España). El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha entregado el Informe Anual de 2023 a la presidenta del Congreso, Francina Armengol. - Eduardo Parra - Europa Press

MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

El Defensor del Pueblo ha recomendado al Ministerio de Igualdad que se "homogenicen" los sistemas de acreditación de víctima de violencia de género para los servicios municipales, según se desprende del Informe Anual de la institución, que el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha entregado este viernes a la presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol.

Así, la institución pide que se permitan los informes de acreditación de víctimas cuando son asistidas por entidades privadas "para aliviar la presión sobre los servicios públicos cuando la víctima está siendo tratada por un servicio privado (servicio médico y/o psicológico) acreditado". Además, quiere que se reconozca la validez de cualquier documento oficial de acreditación de la condición de víctima de violencia de género para proceder al cambio de apellidos en el Registro Civil.

En concreto, explica que han sido dos los asuntos de interés que han ocupado "muchas" de las quejas de este año: la especificación de la legislación española para atender a los distintos tipos de violencia de género y la diversificación de los sistemas autonómicos de acreditación.

Igualmente, recuerda en el documento que la propia legislación exige un sistema de acreditación administrativa que autentifique y confirme la concurrencia de la condición de victima de violencia de género, ya que de ello depende el ejercicio de los derechos y el acceso a los servicios públicos. "Es una forma de evitar el mal uso o el abuso injustificado de los recursos públicos", expone.

También afirma que el Ministerio de Igualdad no aceptó en el 2023 la recomendación formulada por el Defensor del Pueblo en 2022, que proponía que se valorase introducir en la definición de víctimas de violencia de género a todas las víctimas definidas como tales por el Convenio de Estambul.

PIDE DIFERENCIAS DE TRATAMIENTO "RAZONABLES" Y "JUSTIFICADAS"

Asimismo, explica que actualmente hay cuatro regímenes de asistencia y protección a las víctimas de violencia contra las mujeres, con cuatro desarrollos legislativos distintos. "Se debe asegurar que estas diferencias de tratamiento entre unas y otras víctimas, dependiendo de la ley que las ampare, sean razonables, estén justificadas y se correspondan con medidas proporcionales respecto del objetivo perseguido, evitando toda forma de discriminación entre mujeres que sufren la misma violación de sus derechos humanos, como expresión de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder que los hombres manifiestan sobre ellas", añade.

En este sentido, considera que, desde el punto de vista de la ciudadanía, no se ha explicado "suficientemente" que, dependiendo del tipo de violencia que se padezca, se produce un distinto tratamiento por parte del Estado, se adopta un distinto sistema de acreditación de la condición de víctima y se produce un distinto acceso a las ayudas y medidas de atención pública. Esto agrega que es "especialmente relevante" en relación con las víctimas de violencia sexual y con las víctimas menores de edad, que en muchos casos son, además, víctimas de violencia vicaria ocultas.

En cuanto a los diferentes mecanismos de acreditación, precisa que "el proceso para solicitar ayuda se convierte en una carrera de obstáculos, con distintas instancias administrativas interviniendo a la vez o sucesivamente, y las víctimas entienden que no las escuchan, no las creen o no las atienden".

Además, ha puesto de manifiesto "problemas" en la acreditación de la condición de víctima en relación con el acceso a la renta activa de inserción (RAI) en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), "porque se exigen certificados de violencia de género específicos, incluyendo un certificado de no convivencia, que suele requerir la baja del agresor pareja o ex pareja del padrón municipal, lo que requiere una actuación a voluntad del agresor, que es el que se tiene que dar de baja". También añade que, en el caso de mujeres separadas y divorciadas, se tiene que presentar la sentencia, lo que impide que se solicite la RAI durante la tramitación del proceso de familia.

MANUTENCIONES DE HIJOS

Al margen, el Defensor del Pueblo ha pedido también al Ministerio de Justicia que dé más medios a los juzgados y les facilite "nuevas herramientas" para "conocer la verdadera situación económica de los demandados". Sobre este extremo, pone de ejemplo los casos de impago de las pensión de alimentos a los hijos.

En este sentido, ha recomendado que se acceda a la información registrada de la Seguridad Social o a los datos públicos que obren en las instituciones públicas sobre el deudor con el fin de garantizar --en la fase de ejecución de las sentencias-- "el cumplimiento íntegro y en tiempo de las obligaciones económicas que se establecen, en especial, las que afectan a las obligaciones de manutención de los hijos".

Además, ha apuntado también al departamento ahora dirigido por Félix Bolaños que "elabore y desarrolle las normas, las actuaciones, o adopte las medidas necesarias" para modificar el Real Decreto que regula el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos y mejorar así "su accesibilidad, su eficacia y su dotación económica".

Asimismo, ha emplazado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y al Ministerio de Justicia que elaboren una "guía general de buenas prácticas" para la coordinación entre los órganos judiciales y los puntos de encuentro familiar.

En el marco de ejecución en procesos de familia que se celebran en los juzgados, también ha recomendado que se adopten "las medidas regulatorias que sean necesarias" para garantizar que se motive de forma "suficiente" del decreto de embargo del letrado de la Administración de Justicia.

LEY PARA LA IGUALDAD DE TRATO

Por otro lado, el Defensor del Pueblo hace referencia en su informe anual de 2023 a la Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación, que "es todavía escasamente citada por las instancias iniciales de las distintas jurisdicciones".

En esta línea, el Defensor del Pueblo organizó en noviembre de 2023 una jornada en la que personal de la institución, expertos de la Administración y de la sociedad civil analizaron el impacto de esta norma.

Una de las consideraciones que quedó reflejada fue que las personas migrantes, solicitantes de protección internacional, refugiadas, apátridas y personas nacionalizadas se siguen enfrentando a la discriminación "por origen racial o étnico" en ámbitos especialmente relevantes que afectan al acceso y disfrute de derechos, que deben ser garantizados en igualdad de condiciones.

En cuanto a las personas con discapacidad, destacaron que sufren "más pobreza, menos empleo, menores niveles educativos y retributivos, inactividad forzada, segregaciones diversas, niveles de vida no adecuados, dependencia agudizada de instancias ajenas a las propias personas, escaso control sobre sus existencias, negación o disminución de derechos, institucionalización no deseada, imposibilidad de llevar una vida autónoma y de ser incluidos en la comunidad, mayor exposición a la violencia y al abuso, sobre todo si se trata mujeres y niñas".

Los representantes de la comunidad gitana subrayaron en la referida jornada dos cuestiones "prioritarias" frente a la discriminación estructural a las que se enfrentan: los asentamientos chabolistas y de infravivienda y la segregación escolar.

Por su parte, las asociaciones que trabajan con personas en situación de calle, aludieron al diseño de las determinadas políticas públicas, que a su juicio "está afectado por el desconocimiento y la invisibilización de la realidad de las personas sin hogar".

Sobre las personas LGTBI+, la institución recuerda en el documento la entrada en vigor el año pasado de la Ley Trans, pero señala que "no ha transcurrido aún tiempo suficiente para poder valorar su impacto práctico y su aplicación por parte de los tribunales de justicia".