MADRID 5 Sep. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía General del Estado (FGE) interpuso 241 recursos ante el Tribunal Supremo al año pasado por la ley del solo sí es sí, según se desprende de su Memoria Anual correspondiente al 2023, a la que ha tenido acceso Europa Press.
Se trata del 66% del número total de recursos preparados por los fiscales durante el año 2023, que ascendió a 375 (un 184% más que en 2022). Igualmente, precisa que la interposición de los recursos se concentra en los meses de febrero a junio.
Asimismo, la Fiscalía pide "blindar" la ley del solo sí es sí en favor de las víctimas y, así "evitar el efecto no deseado" de que se produzcan penas bajas en casos graves. "Respetando este modelo, es importante blindar la ley en favor de las víctimas y evitar el efecto no deseado de una posible aplicación de las penas mínimas de los nuevos marcos penales, que son más amplios, para que en casos graves no exista la posibilidad de que se impongan penas bajas, pero sin afectar al corazón de la norma, ya que se mantiene la íntegra definición del consentimiento y, por tanto, la esencia de la regulación de los delitos contra la libertad sexual", apunta sobre la reforma de los delitos contra la libertad sexual de la ley del solo sí es sí.
"OMITE" LA PREVISIÓN DE LOS CRITERIOS INTERPRETATIVOS
Igualmente, añade que la ley "omite" la previsión de los criterios interpretativos indispensables para resolver los problemas de la aplicación retroactiva que la norma iba a suscitar. Esto, denuncia que da lugar a pronunciamientos "dispares" en las diferentes Audiencias Provinciales y Tribunales Superiores de Justicia.
La Fiscalía también explica que en la Secretaría Técnica se han analizado las 81 sentencias de la Sala II del Tribunal Supremo dictadas durante el 2023 en procedimientos de revisión de sentencias firmes de condena de delitos contra la libertad sexual. Así, apunta que en 27 de esas 81 el procedimiento se inició por la interposición de recurso del Ministerio Fiscal y/o de la acusación particular contra el auto de revisión (33,33%). De esas 27 sentencias, en siete el Tribunal Supremo estimó el recurso y anuló la revisión de la condena realizada (25,92%); en 14, se estimó parcialmente el recurso (51,85%) y en seis se desestimó el recurso y se mantuvo la revisión de la condena (22,22%).
Asimismo, en 54 sentencias del total de 81, el procedimiento se debió a la interposición por parte del penado del correspondiente recurso contra el auto de no revisión (66,67%). En diez sentencias de esas 54, el Tribunal Supremo estimó el recurso y revisó la condena (18,52%) y en las 44 sentencias restantes, se desestimó el recurso y se mantuvo la no revisión (81,48%).
Por lo tanto, la Fiscalía expone que el Tribunal Supremo durante el 2023 indicó que no procedía la revisión de la sentencia firme de condena, bien porque anuló el auto que la acordaba (7) o bien porque desestimó el recurso del penado contra el auto que la denegaba (44) en un total de 51 sentencias de las 81 dictadas (62,96%). En febrero de 2024, al disponerse de un elenco de resoluciones que reflejaban la opción interpretativa que de la reforma asumía la Sala II del Tribunal Supremo, no se consideró necesario mantener el referido seguimiento.