Actualizado 08/07/2008 17:56

El Observatorio contra la Violencia tacha de "frívolas" y "despectivas" las declaraciones de la juez María Jesús García

Ha trasladado al Servicio de Inspección sus manifestaciones para que estudie si las mismas pueden ser consideradas falta grave

SANTANDER, 8 Jul. (EUROPA PRESS) -

La presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, Montserrat Comas d'Argemir, ha tachado de "frívolas" las manifestaciones vertidas por la magistrada del Juzgado de Violencia sobre la Mujer exclusivo número 1 de Santander, María Jesús García Pérez, sobre el papel del órgano judicial que preside y la Ley Integral contra la Violencia de Género, y ha dado traslado de dichas declaraciones al Servicio de Inspección para que estudie si las mismas pueden ser consideradas falta grave.

Comas se pronunció así sobre unas declaraciones realizadas por la magistrada en el diario 'El Mundo Hoy en Cantabria' el pasado 29 de junio, en las que, entre otras cosas, expresaba sus dudas acerca de que la Ley de Violencia de Género proteja a quien realmente lo necesite o que haga falta un juzgado específico para estos casos.

El propio presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, César Tolosa Tribiño, remitió hoy al Consejo General del Poder Judicial copia de las manifestaciones realizadas por la titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Santander, sobre su Juzgado y la Ley Integral contra la Violencia de Género.

El presidente ha enviado copia tanto al Servicio de Inspección como al Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género por si estiman conveniente adoptar algún tipo de medida en el ámbito de sus respectivas competencias.

Así, la presidenta del Observatorio, que precisa que a la magistrada le ampara el derecho a la libertad de expresión, reconocida constitucionalmente para todos los ciudadanos y ciudadanas, destaca sin embargo que no se trata de un derecho absoluto sino que está sometido a límites, y añade que en concreto, respecto de jueces y juezas, los límites vienes marcados por la Ley Orgánica del Poder Judicial, que los fija en la consideración debida a ciudadanos e instituciones.

Señala al respecto que en la entrevista, la magistrada, "que optó voluntariamente" a ocupar la plaza del único Juzgado exclusivo de Cantabria de Violencia sobre la Mujer, realiza manifestaciones "de extraordinaria frivolidad", como cuando dice que, pese a no creer en la necesidad de estos juzgados especializados, "yo lo cogí para tener experiencia y verlo por dentro" además por estar estos Juzgados "tan de moda".

A juicio de la presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, "no se comprende que, pudiendo concursar a otros destinos", García Pérez permanezca en un Juzgado especializado "del que manifiesta públicamente ser contraria".

"ABSOLUTA FALTA DE SENSIBILIDAD".

Pero para Comas, "mayor gravedad contienen, sin embargo, expresiones que acreditan su absoluta falta de sensibilidad en esta materia y profundo desconocimiento de las causas, manifestaciones o significado de la violencia contra las mujeres".

Así, indica que la magistrada, "sin el más mínimo rigor", se refiere a "tanta denuncia falsa y tanta tontería"; señala que "el verdadero maltrato es algo raro" o, frente a denuncias por amenazas, habla de "ridiculeces" y de "mensajito en el móvil", para lo que manifiesta sus preferencias por recomendar el cambio de aparato frente a la respuesta legal.

En opinión de la presidenta del Observatorio, manifestaciones de este tenor, "despectivas" hacia las víctimas que sufren este tipo de violencia, "acreditan lo lejos que se encuentra quien así se manifiesta de la respuesta especializada que la Ley Integral pretende".

Opina además que la magistrada acredita igualmente un "completo desprecio de la ley que viene obligada a aplicar", como cuando señala que "yo soy de los jueces que están en contra de esta ley" o "la orden de protección no vale para nada".

Al respecto, Comas destaca que "resulta especialmente preocupante que éste sea el parecer de quien ejerce la titularidad de un Poder del Estado y está obligada no sólo a garantizar los derechos de los imputados sino igualmente los intereses de las víctimas", y añade que incluso utiliza expresiones "que pudieran considerarse racistas, descalificadoras del conjunto de los ciudadanos rumanos o del conjunto de las mujeres latinoamericanas".

Al respecto, cita declaraciones de la magistrada en relación a los ciudadanos rumanos sobre los que dice que "si no pegan a la mujer, parece que les falta algo", o cuando se refiere a las mujeres lationoamericanas como colectivo "que toma el pelo a todo el mundo".

"LAMENTABLE Y DESOLADOR".

En su escrito, la presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica destaca que la magistrada "va más allá, incluso, cuando equipara los casos de violencia contra las mujeres con los casos de víctimas mortales por violencia de género, minimizando la cifra de mujeres asesinadas en su comparación con el total de la población". Así cita unas declaraciones en las que dice: "Si nos fijamos: 68, 69, 70 muertas en un año. Pero ¿cuántos habitantes hay?. Afortunadamente, la gente no se va matando por la calle".

Comas, para quien "resulta lamentable y desolador este desprecio a un número tan sangrante de muertas teniendo en cuenta que, después del terrorismo, la violencia de género, es la segunda causa de muerte violenta dolosa en nuestro país y, en algunos años, la primera", se desmarca de "tan lamentables expresiones" y recuerda la vinculación de jueces y juezas con las leyes aprobadas en el Parlamento, "que vienen obligados a acatarlas y aplicarlas, de conformidad con los valores constitucionales, entre los que se encuentran la dignidad, la vida, la integridad física y psíquica o la libertad, también de las mujeres", subraya.

Finalmente, la presidenta del Observatorio explica que ha dado traslado al Servicio de Inspección del contenido de la entrevista realizada a la magistrada, "al objeto de que se estudie si las mismas pueden ser consideradas falta grave de consideración respecto de ciudadanos e instituciones del artículo 418.5º de la Ley Orgánica del Poder Judicial".