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MADRID, 14 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Mesa de la Diputación Permanente del Congreso ha dado vía libre a continuar con la tramitación del decreto ley del Gobierno por el que se aumentan los permisos de paternidad. Los letrados de la Cámara han confirmado que las modificaciones que el texto realiza en la Ley de Igualdad de 2007 "no afecta a la parte orgánica" de la misma. Esta petición de revisión había sido solicitada por Ciudadanos, que dudaba de la constitucionalidad del texto.
El BOE publicó el pasado 8 de marzo el real decreto ley que recogía la ampliación del permiso de paternidad de 5 a 8 semanas, entre otras medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.
La medida se aprobó con dos retrasos en su publicación respecto a la fecha anunciada inicialmente por la vicepresidenta del Gobierno Carmen Calvo en rueda de prensa, tras el Consejo de Ministros. De hecho, aún no ha entrado en vigor.
Planteamos y resolvemos 7 preguntas sobre el Permiso de paternidad 2019.
¿Cuándo está previsto que entre en vigor?
La fecha prevista para la entrada en vigor del permiso de paternidad es el 1 de abril. El Gobierno justifica la demora en la aplicación de los permisos por nacimiento para los progenitores en la necesidad conceder un mayor plazo a la Seguridad Social y a las empresas para su adaptación.
La publicación en el BOE fue retrasada en dos ocasiones después de que fuera aprobado por el Consejo de Ministros el 1 de marzo. Inicialmente, su publicación estaba prevista el martes 5 de marzo y su entrada en vigor el miércoles. Sin embargo, el decreto no fue publicado, ni el miércoles tampoco aunque así lo anunciaron desde el Gobierno.
¿Cuánto dura?
El Gobierno ha establecido la ampliación del permiso por paternidad a 8 semanas en 2019, y progresivamente a 12 en 2020 y 16 en 2021, hasta equipararlo con el de maternidad. Actualmente, el padre tiene derecho a cinco semanas voluntarias y dos días (o cuatro si es necesario el desplazamiento.
¿Cómo se puede disfrutar?
El decreto establece unas limitaciones a la hora de disfrutar del permiso de paternidad, sobre todo en lo referente a pedir los días consecutivos o por separado. El decreto establece la obligatoriedad de coger de forma consecutiva seis semanas. Pero la implantación de este punto se realizará de manera progresiva: las dos primeras semanas tras el parto serán obligatorias en 2019; cuatro lo serán en 2020; y seis en 2021.
¿Cuánto le costará al Estado y a las empresas?
La ampliación del permiso de paternidad supondrá este año un aumento de 226 millones del gasto para el Estado, mientras que para las compañías será de unos 53 millones, como consecuencia de las cuotas empresariales según datos del Análisis de Impacto Normativo que el Gobierno ha realizado sobre el real decreto ley.
En 2020, según el texto aprobado, las semanas de permiso paterno volverán a aumentar hasta las 12 semanas, lo que suponen 705 millones más anuales para el Estado y 166 para los empresarios. Esta cifra se elevará hasta los 1.107 millones de incremento en los Presupuestos Generales del Estado en 2021 y 261 millones en relación a las empresas, ya con las 16 semanas de permiso.
¿Cómo solicitarlo?
El procedimiento para reconocer este derecho se inicia cuando el interesado (el padre) se dirija a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social. El organismo indica que la solicitud debe ir acompañada de la siguiente documentación:
- DNI o pasaporte y NIE (número de identificación de extranjero).
- Los trabajadores por cuenta ajena tienen que presentar un certificado de la empresa en el que conste la fecha del inicio de la suspensión laboral por paternidad, si dicho certificado no ha sido enviado por la empresa a través del Sistema RED.
- En el caso de nacimiento, hay que presentar el Libro de familia o la certificación de la inscripción del hijo o hijos, cuando éstos datos no consten automatizados en el Registro Civil.
- En el caso de adopción, hay que aportar la resolución judicial por la que se constituye la adopción o tutela, o bien la resolución administrativa o judicial por la que se concede el acogimiento familiar.
- Además de esta documentación, debe aportar los documentos acreditativos si es familia numerosa, parado, discapacitado, familia monoparental o el justificante de internamiento hospitalario del recién nacido a continuación del parto, que dé lugar a la ampliación del periodo de descanso.
¿Cuáles son los requisitos?
Para poder solicitar este permiso, es necesario estar afiliado y dado de alta en la Seguridad Social. Además, se exige que el padre tenga cubierto un período de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del período de suspensión o, alternativamente, 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral, con anterioridad a la mencionada fecha.
¿Qué dudas ha planteado Ciudadanos sobre su constitucionalidad?
El partido naranja solicitó al Congreso un informe jurídico sobre este decreto. En concreto, explicaron que el decreto ley del Gobierno incluye una modificación la Ley Orgánica de Igualdad de 2007. La legislación prohíbe que las leyes de rango orgánico puedan ser modificadas por una norma extraordinaria, como es el real decreto ley. Pero los letrados no han encontrado ninguna inconstitucionalidad en la medida.
El real decreto que incluye el permiso de paternidad introduce cambios en los artículos 45 y 46 de la citada Ley Orgánica de Igualdad. Estos se refieren, respectivamente, a las empresas que están obligadas a aplicar el nuevo permiso y a la creación de un Registro de Planes de Igualdad de las Empresas en el que deben quedar registradas todas las compañías con este programa.
Por su parte, el Ministerio de Igualdad ha sostenido siempre que este real decreto es "perfectamente constitucional". El Gobierno ha recalcado que el decreto ley "no toca" el rango orgánico de la norma y, por ello, han defendido su validez.
Fuentes parlamentarias han indicado a Europa Press que solo "una inconstitucionalidad flagrante" podría llegar a parar el tramite de la convalidación del decreto ley. Hay que recordar que las cortes están disueltas, y por lo tanto, las competencias de la Mesa de la Diputación Permanente están muy limitadas.