MADRID, 27 Sep. (EUROPA PRESS) -
El Gobierno ha creado el Consejo Estatal de Participación de la Infancia y de la Adolescencia, un órgano permanente y estable de consulta, representación y de participación de las niñas, niños y adolescentes adscrito al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, que estará formado por 34 menores de 8 a 17 años que podrán canalizar las preocupaciones y propuestas de la infancia.
La Asamblea se reunirá al menos dos veces al año, una vez por semestre y el objetivo es que los niños, niñas y adolescentes expresen libremente sus ideas, defiendan sus derechos y formulen propuestas sobre cuestiones que les afectan de ámbito estatal, según se desprende de la Orden por la que se crea este Consejo de Participación, publicada este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y recogida por Europa Press.
Entre las funciones del Consejo, se encuentran las de: participar en la elaboración, seguimiento y evaluación de la Estrategia de Derechos de la Infancia y la Adolescencia; canalizar consultas de carácter facultativo respecto de los proyectos normativos que les afecten; y difundir sus preocupaciones integrando la perspectiva de equidad, de género y de igualdad de trato y no discriminación.
Tal y como se recoge en la Orden, las niñas, niños y adolescentes miembros del Consejo de Participación lo harán a título voluntario, y en representación del colectivo que les ha propuesto, y contarán con voz y voto. Su elección puede ser propuesta por otros menores pertenecientes a estructuras participativas municipales y autonómicas o a organizaciones y colectivos de ámbito estatal.
Las niñas, niños y adolescentes participantes deberán formalizar su candidatura con un aval de su grupo y con una presentación individual que podrá ser escrita o audiovisual, en la que expliquen los motivos por los que quieren formar del Consejo de Participación. Asimismo, deberán presentar un documento firmado, con el visto bueno de sus progenitores, tutores o guardadores legales.
En cuanto a la composición del órgano, se establece que deberá haber al menos, el 22% de participación de cada una de las siguientes representaciones: representación territorial; de grupos sociales especialmente vulnerables a la discriminación; y de organizaciones, asociaciones o plataformas que promueven los derechos de la infancia.
Además, la Asamblea contará con el acompañamiento de dos técnicos adultos designados por la Dirección General de Derechos de la Infancia y la Adolescencia.
También habrá un Grupo Motor que estará integrado por cinco menores miembros de la Asamblea y coordinará las acciones y proyectos; y comisiones de trabajo que se encargarán de elaborar informes, hacer propuestas o recomendaciones.
Según se establece en la Orden, los órganos descritos determinarán su propio régimen de funcionamiento y deberán asegurar el principio de paridad entre chicas y chicos por tramos de edad.
Los miembros del Consejo, en sus diferentes órganos, se renovarán cada dos años y la duración máxima del mandato de cada representante no podrá exceder de cuatro años. En el caso de que una de las personas miembro del Consejo de Participación haya cumplido 18 años durante su mandato no podrá optar a renovarlo.
La Dirección General de Derechos de la Infancia y de la Adolescencia atenderá los gastos de funcionamiento del Consejo con cargo a su presupuesto. El canal preferente de comunicación y participación serán los medios electrónicos, y, en la medida de lo posible, realizarán las reuniones a distancia, según reza la Orden.