Actualizado 17/12/2012 18:26

Un juez concede la guarda compartida y obliga a la madre de origen búlgaro a vivir en Barcelona

Abog. Alejandro Llobell, Carme Lazba, Carles Antolí, Ivan Andino y Aida Pérez
ABOCAM ABOGADOS

LLEIDA, 17 Dic. (EUROPA PRESS) -

Un juzgado ha concedido la guarda compartida por días alternos de una niña de 15 meses a su padre y a su madre obligando a ambos a ejercerla en Barcelona, lo que obliga a la mujer de origen búlgaro, que tenía intención de residir en Londres, a permanecer en ciudad, según el auto al que ha tenido acceso Europa Press.

Es el primer auto en España que obliga a uno de los progenitores a vivir en la misma ciudad en la que reside el otro, según el despacho de abogados barcelonés Abocam que representa al padre.

El auto impone el cierre de fronteras hasta la definitiva sentencia de divorcio que resuelva las medidas definitivas y concede la custodia compartida de la menor española, de 15 meses, que estaba residiendo en estado europeo sin conocimiento ni autorización paterna, por decisión unilateral de la madre.

En el momento en el que la jueza ha dictado el auto la niña había llegado a Barcelona a pasar unos días con su padre desde Londres donde vivía con su madre, la actual pareja de ésta y una niña de ambos, según el abogado Carles Antolín.

En sus quince meses la menor había vivido en Barcelona, Bulgaria y Londres. El auto acuerda la separación provisional del matrimonio, la guarda de la menor a los dos progenitores que se ha de ejercer en Barcelona, donde está la vivienda conyugal en la que vive el padre, establece el régimen de vacaciones y prohíbe la salida de España del padre o de la madre con la niña.

En el auto, la jueza tiene en cuenta la posibilidad de la madre de vivir en Barcelona en el piso de una hermana, sin coste económico y que trabaja en diseño informático por lo que puede trabajar desde casa hasta que haya sentencia definitiva.