ALMERÍA 26 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la pena de seis años de prisión impuesta a Hafida R., la mujer de 32 años que, en enero de 2008, abandonó a su bebé de apenas cuatro días de vida, al que dejó metido en una bolsa de plástico junto a un contenedor de basura al estimar que resulta "bien patente" que era consciente de que su acción podía conducir a la muerte a la pequeña.
La sentencia del Alto Tribunal, a la que ha tenido acceso Europa Press, desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa contra el fallo de la Audiencia Provincial de Almería y descarta que la acusada no tuviera intención de acabar con la vida de su hija ya que, subraya, la abandonó "expuesta a las temperaturas del mes de enero y sin alimentación" para después marcharse del lugar y volver al invernadero en el que trabajaba "como si nada hubiera pasado".
En el mismo sentido en el que se pronunció el tribunal de la Sección Tercera para dictar una condena por un delito de asesinato en tentativa, la Sala de lo Penal del Supremo apunta que Hafida F. "tenía que ser completamente consciente" del "alto grado de probabilidad" de que se produjese el fallecimiento de la recién nacida.
Añade, en esta línea, que lo que la salvó no fue, como aseguró en sala la mujer, que supuestamente se quedase vigilando hasta que alguien la recogiese, "sino que providencialmente una mano que salía de la bolsa llamó la atención de un testigo".
SENTENCIA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL
La sentencia de la Audiencia Provincial aplicó a la procesada la agravante de parentesco aunque rebajó la pena de diez años y seis meses interesada por el fiscal al estimar que no realizó "todos los actos para producir su fallecimiento inmediato" aunque subrayó que el poco periodo de tiempo que transcurrió entre el alta hospitalaria y el abandono "pone de relieve que fue una decisión reflexiva adoptada previamente".
En el fallo, que le impuso el pago de una indemnización de 30.000 euros y le inhabilitó para ejercer la patria potestad durante seis años, el tribunal le reprochó que prefiriese "dejarla abandonada a las inclemencias del tiempo con gélidas temperaturas" y "a todo tipo de vicisitudes" en lugar de "dejarla en mano de instituciones sin exponerla a ningún peligro". Resaltó, asimismo, que "renunciase así a su maternidad y a la vergüenza familiar" como alegó la procesada ante la sala para justificar su acción.
Pese a que señala que colocó a la víctima "deliberadamente en una situación de riesgo", el fallo recogió que no se podía "presumir en su contra" que el abandono "hubiera de producir su muerte de inmediato" ya que la bolsa de plástico "no estaba cerrada ni oculta" y los facultativos del servicio de emergencias 061 la atendieron con una temperatura de 36 grados y sin que "sufriera por el momento deshidratación".
Hafida R., quien enfrentaba una petición fiscal inicial de 14 años de prisión, dejó a primera hora de la tarde del 31 de enero de 2008 a su hija recién nacida "tan solo cubierta con una sábana y una manta de nulo abrigo" junto a un contenedor de basura ubicado en la céntrica esquina de la Plaza Masnou y la calle Real de la capital almeriense. Durante el juicio afirmó que lo hizo movida por el "miedo a su familia" al haber tenido una hija sin estar casada.
Fue un viandante el que "afortunadamente" observó como una "manita" salía por un hueco en la bolsa de plástico de color marrón en la que estaba metida la víctima y procedió a dar aviso a una mujer, que le prestó los primeros auxilios hasta la llegada del 061 y la Policía Nacional, que lograba detener a la acusada en Toledo un mes después.