MADRID, 3 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) ha expresado este martes 3 de octubre su satisfacción por que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) haya condenado a España a pagar 10.000 euros a dos personas migrantes procedentes de Malí y Costa de Marfil que fueron devueltos a Marruecos tras penetrar en España a través de la valla de Melilla en agosto de 2014.
Tras hacerse público el fallo del alto tribunal, la Abogacía Española ha recordado que el ordenamiento jurídico "prohíbe las devoluciones sin realizar un procedimiento individualizado que garantice, entre otros derechos, la asistencia letrada" y ha pedido al Gobierno que preside Mariano Rajoy que cesen "inmediatamente" estas prácticas.
Asimismo, el Consejo General de la Abogacía Española ha insistido en que todo procedimiento de devolución o de rechazo "debe respetar la normativa internacional de Derechos Humanos y de protección internacional ratificada por España y, en consecuencia, seguir el 'principio de no devolución'".
"La ausencia de procedimientos individuales impide identificar situaciones de vulnerabilidad, como menores, víctimas de trata, o solicitantes de protección internacional", ha manifestado la Abogacía Española, para después felicitar al equipo de abogados que ha llevado este caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Por su parte, la abogada Noemí Alarcón, miembro de la Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), considera que "lo lógico y lo deseable" sería que el Estado español reformara la Ley de Seguridad Ciudadana porque el fallo señala que "se produce una vulneración de dos artículos del Convenio Europeo de los Derechos Humanos".
Según ha explicado la letrada a Europa Press el pronunciamiento de la justicia europea supone "un varapalo para Estado español". "Por fin una instancia internacional, en este caso un tribunal regional, procede a poner en tela de juicio la 'Ley Mordaza', la Ley de Seguridad Ciudadana, que justamente lo que hacía era legalizar las devoluciones en caliente", ha reflexionado.
Alarcón ha precisado que el alto tribunal ha dictaminado que las devoluciones, tal y como se recogen en la ley, son "ilegales" en relación con la jurisprudencia y con los principios y garantías asentados en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en la normativa internacional, y en la normativa de la Unión Europea, en el Sistema Europeo Común de Asilo (SECA).
Finalmente, la abogada experta en migraciones ha apuntado que esta sentencia sigue la línea de dos casos "pioneros en su día" en el TEDH que condeno a Italia por vulnerar varios artículos de su convenio: Hirsi Jamaa y otros contra Italia (2012), y Khlaifia y otros contra Italia (2015).