Acto en recuerdo de las víctimas del Tarajal en el Templo de Debod en Madrid - EUROPA PRESS - Archivo
La defensa de uno de los agentes ve "incongruencias" en el auto de la juez y también pide el archivo alegando que las muertes "no acaecieron en España"
MADRID, 3 (EUROPA PRESS)
La Abogacía del Estado ha presentado un recurso de apelación contra el procesamiento de los 16 agentes de la Guardia Civil por su actuación en la playa del Tarajal el 6 de febrero de 2014, cuando 15 migrantes murieron ahogados intentando entrar en España. Según argumenta, "los fallecimientos no se produjeron un España", por lo que la causa no está bajo la jurisdicción española.
El escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, está firmado por la Abogada del Estado-Jefe, Zaida Isabel Fernández, que representa y defiende a diez de los 16 agentes. La jueza encargada de la instrucción del caso, tras dos intentos de sobreseimiento, decidió procesar a los agentes de la Benemérita al apreciar indicios de que, con su proceder, incurrieron en dos presuntos delitos de homicidio imprudente y denegación de auxilio, según señaló en el auto judicial.
Pero para la Abogacía del Estado, "no se produjo ningún fallecimiento en el lado español del mar", tal y como avanzó El Confidencial. Asimismo, en el escrito apunta que "ninguna actuación de la fuerza española se desplegó en el lado marroquí del mar" y "los nadadores que alcanzaron la costa española fueron auxiliados por los agentes y fueron rechazados en frontera sin que presentaran lesiones".
Con estos argumentos, sostiene que es "insostenible" continuar las diligencias previas porque "no existen indicios racionales de haberse perpetrado los hechos que han dado motivo a la formación de la causa".
"NI UN SOLO MOTIVO" PARA RESPONSABILIZAR A LOS AGENTES
Además, defiende que "ninguna actuación de contención desplegada por los guardias civiles se materializó en el lado marroquí del mar, de manera que no pudo ser causante de ninguna de las consecuencias (fallecimiento o lesiones) que la instructora fija como hecho punible".
"No hay ni un solo motivo (ni suficiente ni insuficiente) para considerar que los guardias civiles imputados puedan ser responsables de ninguno de los delitos", remarca la Abogacía, que pide a la Audiencia Provincial el sobreseimiento libre de los delitos de homicidio imprudente y denegación de auxilio, y el consiguiente archivo de las actuaciones.
En el escrito para impugnar el auto de procesamiento, defiende que la instructora "parte de una primera premisa errónea al señalar que las personas inmigrantes estaban bajo control de fuerzas del orden de españolas". "Tan sólo se encontraron bajo las fuerzas del orden españolas los 23 inmigrantes que lograron acceder al territorio español, y que posteriormente fueron rechazados", agrega.
Y alude a un informe de policía judicial para subrayar que la entrada se produjo vía marítima mientras los agentes se limitaron a "intervenir en el lado español de la playa, sin que suactuación desplegara ningún efecto en la masa y tumulto que se agrupaba en la zona marroquí del espigón, mar y playa".
Además, la Abogacía del Estado insiste en que "no resulta probado que los fallecimientos se produjeran en España, que es donde intervino la fuerza española", al tiempo que apostilla que "no puede hablarse de 15 fallecimientos", ya que "fueron 5 los que aparecieron, días después en la costa española".
LOS AGENTES "SOCORRIERON A LOS INMIGRANTES"
Sobre la denegación de auxilio que la instructora recoge como hecho punible contra los agentes, la defensa de 10 agentes sostiene que "no hay ningún elemento de prueba que sustente" esa premisa. "Todos mis representados socorrieron a los inmigrantes de acuerdo con los medios de que disponían y en la medida en que podían hacerlo sin riesgo propio ni de terceros", enfatiza.
En este contexto, menciona el informe de la policía judicial para reiterar que "no se produjo ningún fallecimiento en el lado español del mar, los 23 inmigrantes que accedieron a la playa ceutí del Tarajal, bien por sus propios medios, bien auxiliados por los servicios marítimos, lo hicieron en perfecto estado de salud, y por ese motivo pudieron ser rechazados en frontera de manera inmediata".
Con respecto al uso de materiales antidisturbios, incide en que los hechos acreditados "difieren" de los que la instructora recoge en el auto de procesamiento a los agentes. En este sentido, insiste en que estos medios ni alcanzaron ni sobrepasaron la zona marroquí ni se lanzaron para alcanzar a los migrantes, y además, recalca que "el tumulto y aglomeración, se produce en todo momento, en el lado marroquí".
Según la Abogacía, "la situación de aquel 6 de febrero exigió el uso de medios antidisturbios y solo el uso de tales medios permitió la canalización de los inmigrantes hacia el lugar seguro más cercano". "Todos y cada uno de mis representados no solo no actuaron de manera imprudente, sino todo lo contrario, actuaron de manera acorde con el manual", manifiesta.
"Más allá de que ninguno de mis representantes haya cometido ninguna imprudencia grave, debe tenerse en cuenta que es imposible achacar un resultado a ninguna actuación concreta de ninguno de ellos", afirma.
Asimismo, señala que la juez instructora no ha hecho "ningún esfuerzo en individualizar y concretar la actuación que debe imputarse a cada agente de la guardia civil a los efectos de relacionar presuntos hechos punibles, con imputados". "Se les imputa a los 16 investigados los hechos como un todo, ignorando la ubicación concreta que tenía cada uno, ubicación que en algún caso hacía imposible la participación en los hechos imputados erróneamente", remarca.
En definitiva, para la abogada del Estado, ni consta ni se han producido "presuntos hechos punibles o relevantes desde un punto de vista penal y la identidad de los presuntos responsables". "Estas diligencias se han convertido, en una suerte de investigación genérica de hechos, que no revisten trascendencia penal, o que al menos, son de imposible atribución a ninguna de las personas que se encuentran imputadas, y cuyo objeto parece que se ha centrado en demostrar la corrección de actuación de los agentes de la guardia civil", destaca, apuntando hacia una "vulneración del derecho de defensa".
DEFENSA DE UNO DE LOS AGENTES AVISA DE "INCONGRUENCIAS"
Por su parte, la defensa de uno de los 16 agentes, ejercida por la Unión de Oficiales de la Guardia Civil, avisa de "importantes incongruencias" en el auto de procesamiento de la juez. En su recurso de apelación, facilitado a Europa Press, pide el sobreseimiento y archivo de las actuaciones, así como la revocación del auto y emisión de uno nuevo.
Además, al igual de la Abogacía del Estado, recalca que "no hubo heridos ni fallecidos en zona española, los fallecimientos no acaecieron en España, no hubo intervención de las fuerzas y cuerpos de seguridad en zona marítima de Marruecos, todos los inmigrantes que alcanzaron la costa española fueron auxiliados por la Guardia Civil y posteriormente rechazados en frontera sin lesiones".
Respecto a la imputación del delitos de homicidio imprudente y el de denegación de auxilio, afirma que son "dos delitos que no han existido y que son incompatibles entre sí". Sobre el de homicidio, destaca que "la instructora debió explicar cómo llegó a semejante conclusión" cuando en el expediente "se indica que en aguas españolas sólo se recogió a unos inmigrantes que no tenían lesiones, y, por supuesto, jamás ha habido muertos en su jurisdicción, existiendo la evidencia, desde el primer día que los fallecidos, lo fueron en zona Marroquí".
Acerca del delito de denegación de auxilio, afirma que "no sólo hubo auxilio de la Guardia Civil, sino que además, las aguas en zona española no tenían profundidad en orden a generar peligro alguno". Según argumentan, "todos los miembros de Guardia Civil desplegados (fuerzas de tierra y marítimas), actuaron conforme a la normativa vigente y cumpliendo órdenes de impermeabilizar la frontera".