El Gobierno dicta una instrucción ante la "imposibilidad" que tienen de renovarlo a través de los servicios consulares ubicados en España
MADRID, 27 Mar. (EUROPA PRESS) -
España admitirá los pasaportes caducados de los ciudadanos de nacionalidad venezolana para que puedan tramitar autorizaciones y permisos previstos en la ley de Extranjería, así como la expedición y entrega de la tarjeta de identidad de extranjero.
Así consta en una instrucción conjunta del director general de Migraciones, José Alarcón, y del comisario general de Extranjería y Fronteras, Juan Enrique Taborda, y que fue aprobada el pasado 15 de marzo.
La instrucción determina el criterio a tener en cuenta en los procedimientos de extranjería impulsados o tramitados a favor de nacionales venezolanos en España. Se aplicará exclusivamente durante el tiempo que subsistan las circunstancias "extraordinarias" que la motiva, según precisa el texto.
Concretamente se refiere a la imposibilidad que tienen actualmente los ciudadanos de nacionalidad venezolana para acceder a estos procedimientos debido a que no pueden renovar el pasaporte, una vez expirado su vigencia, a través de los servicios consulares de su país ubicados en España. Esto, según se detalla en la instrucción, "les exigiría tener que volver a su país y, una vez allí, proceder a su renovación".
Ante este escenario, se alude a la sentencia de la Audiencia Nacional del 26 de junio de 2018 que, teniendo en cuenta la recomendación de ACNUR, insta a los Estados a que garanticen a los venezolanos los mecanismos migratorios laborales para que no se vean forzados a retornar a Venezuela. "No la presencia irregular ni la falta de documentos de identidad serían vistas como una razón válida para denegar el acceso a la residencia legal", señala.
Con estos argumentos se dicta la instrucción, tras la que se admitirán todos los pasaportes que no estén en vigor cuando los trámites de extranjería se soliciten a favor de nacionales de Venezuela.
Así pues, se cambia el criterio mantenido hasta la fecha, ya que, la normativa de extranjería española exige, entre los distintos documentos que deben ser aportados, el pasaporte como forma de identificación personal. Éste debe estar en vigor y, en ciertas ocasiones, se exige una vigencia mínima.
Entre otros trámites, se pide en el procedimiento de la autorización de estancia por estudios, en relación con la autorización de residencia no lucrativa, así como en el marco de las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena.
También es obligatorio presentar el pasaporte para el acceso a la larga duración y en renovaciones de autorizaciones por reagrupación familiar, así como para la obtención de la tarjeta de identidad del extranjero, entre otros procedimientos.
Según datos del Padrón municipal publicados por el INE a 1 de enero de 2018, la población venezolana en España ha alcanzado su máximo histórico, con 95.633 personas, casi el doble de las 48.421 registradas en 2015. Del total de venezolanos residentes en España, 55.227 son mujeres frente a 40.406 hombres.
La población venezolana en España había alcanzado su máximo histórico en 2009, cuando estaban empadronadas 61.468 personas. Sin embargo, esta población fue decreciendo hasta 2015, para posteriormente ir incrementándose hasta los niveles actuales. En 1998, en España residían 8.986 venezolanos