Actualizado 21/11/2012 19:50

Justicia precisa que las vejaciones a maltratadas siguen tipificadas en el artículo 173.2 de la reforma del Código Penal

MADRID 21 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Justicia precisa que las vejaciones reiteradas de hombres a sus parejas o exparejas están tipificadas en el artículo 173.2 del anteproyecto de reforma del Código Penal, pese a que las injurias leves y las vejaciones injustas en general quedan al margen del ámbito penal, por considerarlas ofensas de carácter privado cuya reparación puede exigirse en la vía jurisdiccional civil o mediante los actos de conciliación.

"El que habitualmente ejerza violencia física o psíquica sobre quien sea o haya sido su cónyuge o sobre persona que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia (...) será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de dos a cinco años", reza el artículo de la reforma, que el Ministerio de Justicia considera que incluye las vejaciones a las mujeres maltratadas.

No obstante, fuentes del departamento de Alberto Ruiz-Gallardón han señalado a Europa Press que este documento todavía se encuentra en fase de consulta y que algunos aspectos son siempre susceptibles de mejora. Asimismo, recuerdan que el anteproyecto explica en la 'exposición de motivos' que las vejaciones injustas salen del Código Penal por considerarse "ofensivas de carácter privado, cuya reparación puede exigirse por la vía civil o mediante actos de conciliación".

"La intención, por tanto, es que sólo se deriven a la vía penal aquellas conductas que tengan verdadera entidad y relevancia, cuando además no existan medios alternativos para la solución del conflicto", reza el borrador.

La presidenta del Observatorio contra la Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha alertado este miércoles, durante la presentación de un informe, del "problema" que puede suponer la supresión en el nuevo Código Penal de las vejaciones injustas a las mujeres maltratadas, al considerar estas faltas "el primer eslabón de la cadena de maltrato".

Afirmaciones hacia las mujeres por parte de sus agresores, como 'Cállate, tú no vales nada' o 'No te mereces nada', se dieron en más de 26.000 casos tramitados entre 2005 y 2012 por los juzgados especializados en violencia contra la mujer, el 45 por ciento de las causas enjuiciadas, según el balance de siete años presentado por la presidenta del Observatorio.