Recuerda que Andalucía fue la primera comunidad autónoma que planteó la necesidad de ese acuerdo social
SEVILLA, 25 Abr. (EUROPA PRESS) -
La vicepresidenta del Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres (CAPM), Estela Sánchez, ha intervenido este mares en la comisión del Congreso de los Diputados para el Pacto de Estado contra la Violencia hacia las Mujeres, en la que ha destacado que Andalucía, a instancias del tejido asociativo, fue la primera comunidad autónoma que planteó la necesidad de un Pacto a nivel nacional.
Así, según un comunicado, ha recordado que la propuesta andaluza de Pacto de Estado contra la Violencia de Género fue un compromiso adquirido por la presidenta de la Junta en el pleno de abril de 2015 del CAPM, y que quedó plasmado en un documento inicial aprobado por el Consejo de Gobierno en noviembre de ese año. La propuesta contó con el respaldo del CAPM, que representa a las más de 2.000 organizaciones de mujeres que actualmente funcionan en Andalucía, y que incluyó en julio de 2016 más de 500 aportaciones al pacto.
El 10 de noviembre de 2016 Andalucía eleva al Gobierno central la propuesta andaluza de Pacto de Estado. Y finalmente, el 15 de noviembre de 2016, el Pleno del Congreso de los Diputados da el primer paso para lograr hacer realidad un Pacto de Estado contra la violencia machista, dando lugar a esta subcomisión, en la que Estela Sánchez ha recordado que la violencia de género es un problema de Estado de primer orden que requiere de soluciones urgentes.
En este sentido, ha insistido en que "ninguna crisis, ni ninguna ideología puede ser excusa para dejar desprotegidas a las mujeres ante un problema social de tal magnitud", una "realidad sociológica constante que seguirá existiendo mientras exista el machismo".
La vicepresidenta del CAPM también ha pedido que se incluyan en el Pacto las medidas propuestas desde Andalucía, como la adaptación de la legislación española al Convenio de Estambul, que contempla como delito todas las formas de violencia contra las mujeres: la violencia física, psicológica y sexual, incluida la violación; la mutilación genital femenina, la prostitución, la violencia económica, el matrimonio forzado, el acoso --el acoso sexual y el acoso por razón de sexo-- el aborto forzado y la esterilización forzada.
Otras medidas son el mantenimiento de la red de atención directa a las víctimas de violencia machista en todos los niveles territoriales; la modificación del artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal sobre dispensa de la obligación de declarar contra el cónyuge o pareja; la suspensión del régimen de visitas para los maltratadores; la privación al agresor de la patria potestad como pena principal en los casos de homicidio y/o asesinato; o el cumplimiento íntegro de las penas, entre otras.