Están dirigidas fundamentalmente al alumnado de Secundaria y permite conocer el trabajo del Observatorio Andaluz de la Publicidad no Sexista
SEVILLA, 20 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) ha celebrado durante el primer trimestre del año, a través de su Observatorio Andaluz de la Publicidad no Sexista, unas jornadas provinciales informativas para dar a conocer este observatorio y concienciar sobre la repercusión del lenguaje y la imagen publicitaria sobre los valores, estereotipos y roles que la sociedad adjudica a la mujer y al hombre.
Las jornadas, dirigidas fundamentalmente al alumnado y profesorado de Educación Secundaria, así como al asociacionismo, ha trabajado con las personas participantes en el conocimiento de las claves para desarrollar una actitud crítica con la publicidad sexista, ha señalado la Junta en una nota.
Según ha explicado la directora del IAM, Carmen Cuello, dicha actitud crítica "es clave, especialmente en la juventud, para detectar y transformar el sexismo presente en la sociedad", que, a su juicio, "es la base de la desigualdad y la violencia machista", y que se reproduce a través de los diferentes ámbitos sociales, "desde la publicidad hasta la industria del ocio y la cultura".
Cuello ha resaltado el papel del Observatorio Andaluz de la Publicidad no Sexista como instrumento para "fomentar un nuevo discurso publicitario basado en valores igualitarios". Para ello, el observatorio recibe las quejas ciudadanas y realiza un seguimiento de los anuncios sexistas, al tiempo que remite a todas las empresas responsables de dichos anuncios un requerimiento para eliminar el tratamiento sexista en próximas campañas publicitarias.
Junto a ello, remite un informe al Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA), que impone la multa correspondiente cuando se trata de incumplimientos tipificados como infracciones sancionables en la legislación.
Durante las jornadas, el observatorio ha dado a conocer, entre otros recursos, su 'Decálogo de pautas para reconocer el sexismo en la publicidad', que ha sido actualizado este año con el fin de "simplificar" y facilitar la tarea de identificación de los anuncios machistas, así como para delimitar con "mayor claridad" los puntos del decálogo con los que se podría sancionar a la empresa anunciante.
El decálogo ha sido actualizado para adaptarse a los indicadores de igualdad de género propuestos por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco, por sus siglas en inglés), así como a la propia experiencia tanto del observatorio como de las autoridades reguladoras que monitorizan los medios de comunicación.
NUEVO DECÁLOGO
El nuevo decálogo se compone de un total de diez puntos que evalúan los anuncios sexistas en función de la imagen estereotipada que transmiten de la mujer, o bien de la discriminación de género que fomentan.
Los puntos que se consideran indicadores de una imagen estereotipada y negativa de la mujer son el de fijar unos estándares de belleza considerados como sinónimo de éxito, presentar el cuerpo como un espacio de imperfecciones que hay que corregir, situar a las mujeres en una posición de inferioridad y dependencia, negar los deseos y voluntades de las mujeres y mostrar como "natural" su adecuación a los deseos y voluntades de las personas de su entorno, promover e identificar comportamientos emocionales e incontrolables como propios de la mujer y utilizar un lenguaje que excluya a las mujeres, que dificulte su identificación o que las asocie a valoraciones peyorativas.
Por su parte, los puntos que señalan discriminación hacia la mujer son el de promover modelos que consoliden pautas tradicionalmente fijadas para cada uno de los géneros, presentar el cuerpo femenino como objeto, esto es, como valor añadido a los atributos de un determinado producto; atentar contra la dignidad de las mujeres o vulnerar los valores y derechos reconocidos en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía, y afirmar o sugerir que el producto que se promociona no es adecuado para mujeres sin que esta restricción venga justificada por la naturaleza del mismo.
En este caso, el anuncio sería sancionable por parte del CAA, al incumplir la legislación española y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres de la ONU.