Publicado 20/03/2025 12:58

La Junta de Andalucía aprueba el inicio del procedimiento para abonar el Bono Social Térmico a 313.000 familias

Imagen de una calefacción.
Imagen de una calefacción. - JUNTA DE ANDALUCÍA

SEVILLA 20 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, a través de la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente, ha iniciado el procedimiento para el pago del Bono Social Térmico correspondiente al ejercicio 2024. Así, tras la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) del Acuerdo por el que se inicia el procedimiento, se ha puesto en marcha el proceso para el abono de esta prestación, a la que se destinan 45,6 millones de euros que beneficiarán a 313.053 familias en Andalucía.

Según ha desarrollado la Junta en una nota, el Bono Social Térmico es una ayuda económica directa orientada a compensar los gastos de calefacción, agua caliente o cocina. En cada ejercicio, serán personas titulares del bono social térmico aquellas que sean beneficiarias del bono social de electricidad a 31 de diciembre del año anterior.

Próximamente, las personas beneficiarias recibirán una carta en su domicilio en la que se les informará de la ayuda económica que les corresponde, los pasos a seguir para el cobro y los plazos para su realización. Además, la Junta ha indicado que la cuantía a percibir dependerá del grado de vulnerabilidad de la persona beneficiaria definido en el Bono Social Eléctrico y de la zona climática en la que esté su vivienda habitual.

Para facilitar el cobro de esta ayuda se han habilitado diferentes vías. Mediante la vía telemática que se puede acceder directamente al Sistema de Gestión del Bono Social Térmico. De esta forma, la persona beneficiaria deberá identificarse consignando su DNI/NIE y el PIN de autentificación que habrá recibido por carta. En el Sistema de Gestión del Bono Social Térmico deberá ratificar o modificar su número de cuenta bancaria para el pago, y podrá realizar otras gestiones, como la renuncia a la prestación, en su caso.

Adicionalmente, la Administración andaluza ha indicado que se atenderá a las personas beneficiarias del Bono Social térmico para la realización de estos trámites en el teléfono gratuito 900 101 220, de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes.

Por otro lado, para garantizar que el Bono Social Térmico llegue a todas las personas que tienen derecho a esta prestación, la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad contará con la colaboración en la difusión y tramitación de esta prestación, de la red de Servicios Sociales Comunitarios de las entidades locales de Andalucía, el conjunto de centros Vuela-Guadalinfo y los recursos que coordina la Dirección General de Consumo: consumoresponde.es, servicios provinciales de consumo y Oficinas Municipales de Información al Consumidor.

De este modo, la Junta ha apuntado que una vez que las personas beneficiarias hayan completado, confirmado o modificado los datos necesarios para el pago del Bono Social Térmico, la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente ordenará el pago de la ayuda por los importes correspondientes. Asimismo, en el BOJA está publicado el acuerdo por el que se aprueba la relación de personas titulares de esta ayuda, que puede consultarse a través del siguiente enlace: Bono Social Térmico

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