Publicado 22/07/2024 14:03

La Junta de Andalucía recomienda informar "inmediatamente" del retraso o pérdida de maletas en los aeropuertos

Maletas en un aeropuerto.
Maletas en un aeropuerto. - Alejandro Martínez Vélez - Europa Press

SEVILLA, 22 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha recomendado a los viajeros que informen "inmediatamente" del retraso o pérdida de maletas en los aeropuertos. Una vez esté en conocimiento la incidencia, la aerolínea en cuestión debe emitir el denominado Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR), trámite "obligado antes de reclamar". Este parte no es la reclamación pero sí es obligado ya que sin él es "muy complicado demostrar la incidencia con el equipaje".

En una nota de prensa, la Administración sugiere que es "muy recomendable presentar la reclamación inmediatamente después de cumplimentar el PIR, es decir, el mismo día de los hechos, y que no se dejan pasar los plazos de reclamación". En el caso de daños en las maletas, los usuarios tienen que presentar la reclamación "inmediatamente después de comprobar el daño y, a más tardar, dentro de los siete días a partir de la fecha de la recepción del equipaje".

"Si se ha producido un retraso en la recepción --continúa la nota de Consumo--, debe reclamarse, a más tardar, dentro de los 21 días a partir de la fecha en que el viajero reciba el equipaje". En el caso de pérdida, aunque no hay límite para la reclamación, "se aconseja reclamar lo antes posible una vez transcurridos los 21 días durante los cuales el equipaje ha estado retrasado o después de que la compañía confirme que está perdido".

Es "fundamental" de cara a la reclamación conservar toda la documentación relativa al viaje contratado. Además, "debe tenerse en cuenta que si se recibe el equipaje sin protesta por parte de usuario, se presume, salvo que se demuestre lo contrario, que el mismo ha sido entregado en buen estado y conforme al documento de transporte".

"Si no se recibiera contestación por parte de la compañía aérea, o si la respuesta no fuera satisfactoria, cabe la posibilidad de acudir a la vía judicial en el plazo de dos años a partir de la llegada del avión o del día en que el equipaje debería haber llegado. Ante objetos presuntamente sustraídos del equipaje, se debe interponer la oportuna denuncia ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado", ha sentenciado la Junta.

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