SEVILLA 24 Sep. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el decreto ley que pretende
resolver el problema de las más de 300.000 viviendas irregulares que existen actualmente en Andalucía, a partir de mañana mismo, cuando esta nueva norma será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y entrará en vigor, según ha informado la consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Marifrán Carazo, quien ha querido dejar claro, en cualquier caso, que no se trata de llevar a cabo una "amnistía".
En la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno, Marifrán Carazo, ha expuesto que con este decreto Andalucía quiere poner fin "a años de caos jurídico y urbanístico, con una norma basada en la protección ambiental y la simplificación de trámites". Ha explicado que este decreto se puede calificar de "urgente y provisional". Urgente porque es necesario dar una respuesta inmediata a este problema después de que durante los anteriores gobiernos socialistas no se hiciera, según la consejera, quien ha añadido que es provisional porque su vigencia va a estar vinculada a la aprobación de la nueva ley de urbanismo y suelo en la que se está trabajando.
Ha apuntado que uno de los objetivos del Gobierno andaluz es la simplificación de procedimientos y trámites administrativos, de manera que con este decreto se derogan dos leyes, un decreto y una orden anteriores, que sólo contribuían a complicar la situación.
"Este decreto ley viene a integrar, normalizar e equilibrar el territorio andaluz, además de dar una respuesta calara y sin dobleces a los propietarios de las viviendas", según ha recalcado Carazo, quien ha señalado que los ayuntamientos van a ser una pieza esencial para que las medidas que recoge la nueva norma se puedan impulsar.
La consejera ha expuesto que, sin duda, en Andalucía existe un grave problema generado por las edificaciones irregulares construidas al margen de la legalidad urbanística sobre las que ya no es posible adoptar medidas para el ejercicio de la potestad de protección de la legalidad urbanística y restablecimiento del orden
jurídico, al haber transcurrido el plazo del que dispone la administración para actuar sobre las mismas.
Ha añadido que el origen de estas edificaciones, fuera de toda planificación, provoca que no cuenten con infraestructuras para los servicios básicos de saneamiento y abastecimiento de agua y electricidad, por lo que no tienen garantizadas las condiciones mínimas de seguridad y salubridad requeridas para su habitabilidad.
A ello, según la Junta, se han generado, además de los problemas asociados a la precaria urbanización del soporte donde se asientan, riesgos para la seguridad y salubridad de la población afectada, derivados de la localización en zonas con riesgos naturales y del autoabastecimiento de agua en suelos contaminados por la falta de saneamiento y depuración de las residuales.
Según ha expuesto la consejera, el decreto ley pone el acento en dos cuestiones, como son la protección ambiental y la simplificación de los procesos, y ha explicado que el objetivo principal es mejorar las condiciones ambientales y paisajísticas de las agrupaciones de viviendas irregulares. Para su regularización se impondrán medidas destinadas a corregir los efectos del crecimiento desordenado e indiscriminado que provoca la sobreexplotación de recursos como el agua y el suelo.
NO SE TRATA DE UNA "AMNISTÍA"
La consejera ha querido dejar claro que con este decreto ley no se pretende dar una "amnistía", puesto que se priorizará la actuación inspectora y sancionadora, pero al mismo tiempo se da a la problemática actual una respuesta basada en tres pilares.
Así, el primero de ellos, según ha explicado, parte de la instrucción urbanística aprobada en mayo, que ampliaba la declaración de asimilado a fuera de ordenación (AFO). Esta figura no supone una legalización sino el reconocimiento de una situación de irregularidad ante la que, al prescribir el delito, no cabe
adoptar medidas de restablecimiento de la legalidad. La declaración AFO permite que los propietarios accedan al Registro de la Propiedad y a servicios básicos como el agua, la luz y el saneamiento, así como la posibilidad de realizar obras de conservación y mantenimiento.
Aceptada la posibilidad de la declaración de AFO para viviendas aisladas en general, la Junta, según ha señalado la consejera, se había negado hasta la fecha a admitir dicha declaración para las edificaciones aisladas en suelo urbano no consolidado y suelo urbanizable y también en las edificaciones situadas dentro de asentamientos (grupos de edificaciones). Para dichas situaciones había que
esperar a la aprobación del planeamiento general y también del plan especial o plan parcial que lo desarrollase para poder acceder a los servicios básicos.
En cambio, según ha expuesto, el nuevo decreto ley permite el acceso al AFO a cualquier edificación irregular, aunque con algunas excepciones, como las viviendas que están aún en plazo para restablecer la legalidad
(seis años desde su construcción) o con sentencia. Tampoco podrán acogerse al decreto ley las viviendas que se asienten sobre suelos de especial protección.
En cuanto al segundo pilar, se refiere al hecho de que, hasta ahora, los asentamientos debían figurar en los planes generales y, una vez superado ese paso, los ayuntamientos tendrían que desarrollar un plan especial o un plan
parcial para cada uno de los asentamientos. A partir de este nuevo decreto ley, todo municipio podrá formular, de manera inmediata, un plan especial para una agrupación de viviendas concreta que tenga o no aprobado su PGOU.
Según la consejera, hasta ahora, había que esperar nueve años de media para aprobar un PGOU, más los 20 meses que requería un plan especial, mientras que partir de ahora, el problema se puede resolver en un plazo de entre 12 y 18 meses, en colaboración con los ayuntamientos.
Por último, el tercer pilar en el que se sustenta este decreto ley, según la consejera, está en la incorporación de las agrupaciones de viviendas irregulares de carácter urbano a los planes generales. Los ayuntamientos deben prever en sus PGOU una serie de servicios mínimos, como equipamientos públicos o zonas verdes, si pretenden incorporar un asentamiento como urbano o urbanizable.