Publicado 09/05/2023 16:21

Junta aprueba la designación y funciones de delegados y órganos de prevención de riesgos laborales en la administración

SEVILLA, 9 May. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno ha ratificado este martes el acuerdo marco que regula los derechos de participación y de representación en materia de prevención de riesgos laborales (PRL) del personal que presta sus servicios en la Administración de la Junta de Andalucía, tanto funcionarios como laborales y personal estatutario, que está en vigor hasta 2028.

En concreto, en el acuerdo se establece la composición, el funcionamiento y las competencias de la Mesa Técnica de Prevención de Riesgos Laborales, los comités sectoriales de seguridad y salud, los comités de seguridad y salud y la figura de los delegados de prevención.

El nuevo acuerdo fue consensuado con los sindicatos en la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario, Estatutario y Laboral de la Administración de la Junta celebrada el pasado 31 de marzo. Tras su ratificación por el Consejo de Gobierno, entrará en vigor una vez que se publique en el BOJA y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2028, prorrogándose de forma automática por períodos anuales si ninguna de las partes lo denuncia.

El texto ratificado por el Consejo de Gobierno sustituye a la anterior regulación, vigente desde 2014, de los órganos de planificación, programación, organización y control de la gestión relacionada con la mejora de las condiciones de trabajo y la protección de la seguridad y salud de los empleados públicos.

La Mesa Técnica de Prevención de Riesgos Laborales es el órgano específico, colegiado y paritario, de participación de las organizaciones sindicales en las cuestiones preventivas comunes a todos los colectivos de personal incluidos en su ámbito y coordina los criterios de actuación de los comités sectoriales de seguridad y salud.

Estará integrada por tres miembros y una persona asesora por parte de cada sindicato con presencia en la Mesa General y por igual número de miembros por parte de la Administración. Se reunirá con carácter ordinario al menos cada cuatro meses, si bien puede celebrar reuniones extraordinarias a petición de las partes.

CUATRO COMISIONES DELEGADAS

En el plazo máximo de un mes desde la publicación de este acuerdo marco se crearán cuatro comisiones delegadas para la prevención de riesgos laborales en las tecnologías de la Información y la comunicación; en el teletrabajo; del Protocolo de prevención y actuación en los casos de acoso laboral, sexual y por razón de sexo u otra discriminación; y para la prevención de riesgos psicosociales. No obstante, los integrantes de la Mesa Técnica pueden decidir crear otras comisiones delegadas para ámbitos, colectivos o temas específicos.

Los comités sectoriales de seguridad y salud son los órganos de coordinación, dirección y seguimiento de los comités de seguridad y salud. Se constituirán cuatro correspondientes a los grandes colectivos profesionales que conforman la Administración Pública: personal docente no universitario, profesionales sanitarios, los trabajadores de la Administración General y los funcionarios de la Administración de Justicia. El acuerdo fija que cada sindicato con presencia en cada comité sectorial contará con un crédito horario a tiempo completo, hasta un máximo de seis.

Dentro de cada gran colectivo se crearán comités de seguridad y salud para cada ámbito laboral, encargados de la consulta regular y periódica de las actuaciones de la Administración en materia de prevención de riesgos laborales. Se reunirán, al menos, trimestralmente y cada comité estará constituido por los delegados de prevención designados entre los representantes del personal en el ámbito correspondiente. Se garantizará que haya, al menos, un delegado de cada sindicato con presencia en la Mesa Técnica y en los respectivos Comités Sectoriales.

Los delegados son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. El número de éstos en cada ámbito se regirá por la escala establecida en el artículo 35.2 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre. Por cada delegado de prevención en los diferentes comités de seguridad y salud que se constituyan se otorgará a las organizaciones sindicales a las que representen un crédito mensual de diez horas para la realización de sus funciones.

En virtud de este acuerdo marco, la Junta asume el compromiso de proporcionar a los delegados de prevención, así como a los representantes de la Administración en los comités de seguridad y salud los medios y la formación en materia preventiva necesarios para el ejercicio de sus funciones.