Publicado 18/03/2024 13:15

Una veintena de huérfanos por violencia de género solicitan las ayudas de 5.000 euros al año que concede Andalucía

Archivo - Servicio 016 de violencia contra las mujeres.
Archivo - Servicio 016 de violencia contra las mujeres. - AYUNTAMIENTO - Archivo

SEVILLA 18 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de la Junta ha recibido hasta la fecha una veintena de solicitudes de menores huérfanos por violencia de género para recibir la ayuda de hasta 5.000 euros al año que aprobó el Consejo de Gobierno el pasado mes de noviembre de 2023. En concreto, 17 de esas 20 peticiones están en fase de tramitación --a trece se les ha requerido más documentación y cuatro están ya en trámite-- y tres han sido rechazadas al ser los solicitantes actualmente mayores de edad.

Son los datos facilitados por la Consejería de Loles López a preguntas de Europa Press. De confirmarse el caso de Pizarra (Málaga), serían siete los menores que han quedado huérfanos en España en 2024 por casos de violencia de género. En Andalucía, sería el primer menor huérfano de este año. Desde 2013, ejercicio en el que empezaron a contabilizarse por el Gobierno de España, hasta ahora serían 89 los huérfanos en Andalucía en caso de que se confirmara el caso de Pizarra como violencia de género, pendiente del resultado de la investigación abierta.

La Junta aprobó en noviembre de 2023 un decreto ley por el que se modifica la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género para regular "por primera vez" en Andalucía la prestación económica a los hijos menores de edad de mujeres víctimas mortales como consecuencia de violencia de género. Esta ayuda asciende a 5.000 euros anuales, para la que el Instituto Andaluz de la Mujer ha destinado una partida de 350.000 euros para 2024, "ampliable en función del número de solicitudes recibidas durante el año".

El Gobierno andaluz defendía en la presentación de este decreto ley que se estimaba "necesario dar una respuesta urgente, rápida y eficaz" por parte de las administraciones publicas ante la "situación extrema de desamparo" en la que se encuentran los menores que pierden a su madre como consecuencia de la violencia de género. "La respuesta debe ser, no sólo desde el punto de vista psicológico, sino también desde el económico, solventando la falta de recursos de estos menores", explicaba.

El decreto ley se estructura en tres capítulos, con un total de diez artículos, una disposición transitoria única, una disposición derogatoria única y dos disposiciones finales. En concreto, el primer capítulo modifica la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, añadiendo un artículo 46.bis, en el que se recoge el derecho a la prestación económica por parte de las y los menores huérfanos de mujeres víctimas mortales de la violencia de género hasta que alcancen la mayoría de edad, siempre que éstos o la mujer víctima de violencia de género residan en Andalucía en el momento del crimen.

Este derecho se extiende a las personas menores de edad cuya tutela ejerza la Junta de Andalucía o cualquier otra administración pública y a aquellos menores que en el momento de los hechos se encuentren bajo la tutela judicial. Esta ayuda económica será compatible y complementaria con cualquier otra prestación pública o privada que se perciba por el mismo motivo.

El segundo capítulo regula la prestación económica con el fin de garantizar la cobertura de las necesidades básicas materiales de las personas beneficiarias hasta su mayoría de edad. El importe de la prestación ascenderá a 5.000 euros en un pago único anual por cada menor y se actualizará anualmente conforme al Índice de Precios al Consumo. La ayuda económica no podrá ser administrada por el autor del crimen machista.

El tercer capítulo aborda el procedimiento de concesión de esta ayuda y establece que la solicitud deberá realizarse por parte de la persona representante legal del menor de edad y puede presentarse de manera presencial o electrónica desde el día siguiente al de la publicación del decreto ley en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta que las personas huérfanas alcancen la mayoría de edad. Además, el documento aprobado fija que el primer pago se realizará cuando se dicte la resolución de concesión y las sucesivas anualidades se harán efectivas el segundo semestre del año.

Asimismo, la disposición transitoria única recoge que el derecho a esta prestación se genera aun cuando el hecho causante hubiera tenido lugar con anterioridad a la entrada en vigor del decreto ley. Es decir, podrán percibir esta ayuda cualquier huérfano de violencia de género que aún no haya alcanzado la mayoría de edad independientemente de que el asesinato se haya producido antes de la entrada en vigor del decreto ley.

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