La compra de una vivienda no es la única opción para convertirse en propietario. Otra de las fórmulas a las que se puede recurrir es la autopromoción, es decir, construirnos nuestra propia casa.
La ventaja es que la podremos hacer a nuestro gusto. Pero a cambio tendremos que ocuparnos de muchos trámites con los que no estamos familiarizados y que no tienen que ver solo con el ‘papeleo’. La elección del terreno es el primer paso.
ANTES DE CONSTRUIR
- Compra, escritura y registro del terreno
- Contratar un arquitecto que elabore el proyecto en cumplimiento con la normativa urbanística
- Con el proyecto cumplimentado, solicitar la licencia urbanística en el ayuntamiento
- Visado del proyecto de ejecución de una vivienda unifamiliar, que otorga el Colegio Oficial de Arquitectos de cada comunidad autónoma
- Realización del estudio geotécnico, para comprobar la calidad del suelo y el tipo de cimentación necesaria
- Concesión de la licencia de obras, necesaria para iniciar los trabajos
DURANTE LA CONSTRUCCIÓN
- Firma del acta de replanteo que certifica la viabilidad del proyecto
- Comunicación de apertura del centro de trabajo antes de la ejecución de las obras
DESPUÉS DE LA CONSTRUCCIÓN
- Certificado final de obra visado por el Colegio Oficial de Arquitectos. Es aquí cuando se saldan las deudas pendientes con el arquitecto
- Acta de recepción de obra firmado por el promotor y el constructor
- Licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad que otorga el ayuntamiento
- Escritura de declaración de obra nueva ante notario
- Inscripción del inmueble en el registro de la propiedad
- Alta de suministros (luz, agua)