MADRID, 21 Jun. (EUROPA PRESS) -
El juez de Instrucción número 43 de Madrid ha archivado una querella contra el socio de una clínica dental situada en el barrio de Chueca de la capital acusado de administración desleal y apropiación indebida de casi 100.000 euros al traspasar parte del mobiliario y aparatos a otro centro al no tener relevancia penal los hechos al tratarse de un asunto mercantil.
El origen del procedimiento se remonta a enero de 2014 cuando dos socios, uno de ellos dentista y el otro inversor, deciden abrir una consulta dental en el barrio de Chueca. En marzo de 2016, llegan los problemas cuando el destintas asume el cargo de administrador único.
Dos años después, el administrador decidió abrir una clínica unipersonal. La labor de la sociedad era "la intermediación en la prestación de actividades odontológicas", un negocio que mantenía un alto volumen de clientes y en el que a pesar de acordar entre los socios que no se repartirían benéficos sociales en los primeros años con el fin de asentar el negocio, al querellante le sorprendía el tren de vida que su socio exponía en redes sociales.
Desde que se produjo el cambio en la administración de la sociedad, el querellado no informó a su socio sobre "los estados de las cuentas bancarias de la sociedad; no le entregó extractos bancarios de la situación de las mismas, ni de los movimientos bancarios efectuados; no le informó sobre los pacientes que tenía la clínica; y no convocó ninguna junta de la sociedad".
Tampoco presentó en el registro mercantil las cuentas anuales, situación que le hizo sospechar que podría estar ejecutando un "enorme desfalco" del dinero de la sociedad en beneficio suyo, según expone la querella.
La querella también reclamaba facturas de mobiliario y aparatos sanitarios por valor de 97.500 euros, dado que "tras la constitución de la nueva sociedad el querellado ha traspasado los activos que tenía la sociedad conjunta".
LA DEFENSA DESARMA EL DELITO PENAL
Tras la apertura de diligencias, el abogado del querellado, del despacho Ospina Abogados, trató de demostrar que no se estaba ante una causa penal, sino que de lo expuesto en la querella se desprende una posible controversia de naturaleza civil o mercantil.
El abogado penalista Juan Gonzalo Ospina solicitaba en el recurso de apelación el archivo y sobreseimiento de la causa "al no revestir relevancia penal los hechos recogidos en la resolución que se impugna".
El letrado expuso que, a tenor del artículo 252 del Código Penal, "cualquiera de los hechos referidos en la querella y en el auto que se impugna se deberían de haber discutido en la vía civil o mercantil, no ya en la penal, al no existir ninguno de los elementos de los delitos por los cuales se ha dictado el auto que se impugna".
"El derecho penal es la última ratio de nuestro ordenamiento jurídico, y siempre que haya una vía jurídica menos lesiva y restrictiva de derechos que la penal, se deberá acudir a ella para resolver las controversias que surjan entre los particulares", expuso en el escrito de apelación.
Tras reconocerse que se trataba de una controversia mercantil y no penal, el administrador querellado adquirió las participaciones del querellante, quedando zanjadas las reclamaciones judiciales y poniendo fin a la vía judicial, decretando el Juzgado por tanto el archivo de la causa el pasado 18 de mayo.