Insiste en investigar e invoca el artículo 27 del Ministerio Fiscal para que la cúpula de fiscales se pronuncie
MADRID, 22 Abr. (EUROPA PRESS) -
La fiscal María de la O Silva, a cargo de pronunciarse sobre la querella de la pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso contra los fiscales que investigan un presunto fraude fiscal, ha invocado el artículo 27 del Estatuto Orgánico para que la Junta de Fiscales de Sala escuche su postura --a favor de investigar los hechos-- frente a la de la teniente fiscal del Tribunal Supremo, Ángeles Sánchez Conde, que ordenó inadmitirla, como se hizo con la del ICAM.
Así lo confirman a Europa Press fuentes fiscales, que precisan que la reunión de la Junta de Fiscales de Sala tendrá lugar este miércoles a las 9.00 horas en la sede de la Fiscalía General del Estado. Las mismas fuentes apuntan que el fiscal general, Álvaro García Ortiz, se ha abstenido y no estará presente. Tampoco asistirá el fiscal José Luis Bueren, que se ha jubilado.
Silva ha invocado el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF), según el cual cuando un fiscal "recibiere una orden o instrucción que considere contraria a las leyes o que, por cualquier otro motivo estime improcedente", se lo trasladará a su superior y, en caso de persistir la discrepancia, éste podrá convocar Junta de Fiscales de Sala.
Dichas fuentes fiscales señalan que la junta, que se celebra a puerta cerrada, tiene carácter consultivo, de modo que, una vez escuchada, Sánchez Conde podrá ratificarse en su decisión o corregirla.
SÁNCHEZ CONDE, A FAVOR DEL ARCHIVO
La teniente fiscal ya mantuvo una reunión en la que trasladó de forma verbal su parecer a la fiscal Silva, que proponía que se practicasen diligencias de investigación dentro de la misma Fiscalía antes de emitir informe al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid, donde ha recaído la querella toda vez que los fiscales gozan de la condición de aforados.
Según las fuentes consultadas, Sánchez Conde considera que, una vez que la Fiscalía de Madrid pidió que se archivase la querella que presentó el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) contra los fiscales del caso, lo pertinente es mantener dicho criterio y abogar también por la inadmisión de la querella que presentó Alberto G.A.
Así las cosas, la teniente fiscal rechaza el planteamiento de Silva de reclamar a la Fiscalía las comunicaciones por Whastapp y correo electrónico entre los dos fiscales contra los que se dirige la querella --la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, y el fiscal de delitos económicos Julián Salto-- y el propio fiscal general del Estado.
En aquella reunión, Sánchez Conde incidió en que el pasado 9 de abril la Fiscalía ya aseguró que no veía delito alguno y defendió la "legitimidad constitucional" del comunicado difundido al respecto, con el que, sobre la base de datos ya difundidos, trató de hacer frente a informaciones "inveraces".
Por ello, recalcan fuentes fiscales, la 'número dos' del Ministerio Público insiste en que lo que corresponde es pedir la inadmisión de la querella de la pareja de Díaz Ayuso, tal y como se hizo con la del ICAM.
LA QUERELLA
El debate en el seno de la Fiscalía tiene lugar a raíz de la querella que Alberto G.A., pareja de Díaz Ayuso, presentó ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por una nota informativa difundida por un canal oficial en el que la Fiscalía de Madrid informaba sobre el cruce de correos entre su abogado y el fiscal en el marco de una investigación por un presunto fraude fiscal.
El pasado 15 de abril, García Ortiz asumió la "responsabilidad última" de la nota de prensa en cuestión y aseguró que no iba a "consentir" que la fiscal jefa de Madrid y el fiscal a cargo del procedimiento fuesen "perturbados por ejercitar la acción penal ante la posible comisión de hechos de naturaleza delictiva".
"No voy a tolerar que ningún fiscal tenga que soportar las consecuencias del funcionamiento transparente de nuestra institución", señaló en una declaración institucional en un acto tras la toma de posesión de varios fiscales.
Con todo, el fiscal general defendió que no podía considerarse "infringido el deber de reserva" porque el objeto de la comunicación emitida el 14 de marzo era "de dominio público fruto de indeseables filtraciones".