Publicado 05/09/2023 14:31

Ospina Abogados.- Absuelto un empresario de encerrar a un trabajador y amenazarle de muerte

Archivo - El edificio de los Juzgados de Plaza de Castilla, el día que declara el policía nacional investigado por agarrar del pecho a una activista de FEMEN, a 13 de abril de 2023, en Madrid (España). Los hechos ocurrieron durante la manifestación que
Archivo - El edificio de los Juzgados de Plaza de Castilla, el día que declara el policía nacional investigado por agarrar del pecho a una activista de FEMEN, a 13 de abril de 2023, en Madrid (España). Los hechos ocurrieron durante la manifestación que - Gabriel Luengas - Europa Press - Archivo

MADRID 5 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 2 de Alcalá de Henares ha absuelto a un empresario dueño de un negocio de venta de automóviles de segunda mano de Torrejón de Ardoz de encerrar y amenazar a un trabajador después de que le comunicara el pasado mes de junio su despido a consecuencia de su jubilación.

Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que se exonera al acusado, defendido por la abogada Beatriz Uriarte del despacho Ospina Abogados, de un delito de coacciones, otro leve de amenazas y otro leve de lesiones por los que había sido acusado.

La sentencia declara probado que el trabajador denuncio el pasado mes de junio ante la Policía Nacional que su jefe, entonces gerente de la mercantil Mercadillo de Ocasiones de Segunda Mano, le amenazó de muerte y le encerró en el negocio después de que le comunicara que debía de abandonar la parcela en la que trabajaba como vigilante de seguridad con motivo de su jubilación.

Según el fallo, el acusado cortó el suministro eléctrico de la puerta de entrada impidiéndole salir de la parcela, manifestándole que iba a quemar sus cosas. El acusado le manifestó, con ánimo de amedrentarle que, esto "lo iban a arreglar por las buenas o por las malas porque él le mataba".

A continuación, según el denunciante, cogió una radial con la intención de cortar las escaleras metálicas que daban acceso a su domicilio sito dentro del recinto, le sacó del domicilio, tirándole de la camiseta y le cogió del cuello, mientras le decía que le iba a matar a la vez que esgrimía una herramienta tipo uña con intención de amedrentarle.

En el juicio, el denunciante mantuvo que a pesar de la solicitud de abandono del lugar, el acusado, su empleador hasta ese momento, le impedía la salida de la parcela, al haber cortado la electricidad pues con ello bloqueaba la puerta de acceso.

Al parecer, un cliente del establecimiento presenció cómo el acusado le amenazaba con quemar sus cosas si abría la puerta. Sin embargo, esta afirmación fue contradicha por el propio testigo en la vista, ya que no sólo negó haber escuchado alguna expresión amenazante del empresario, sino que sostuvo que ese día quien le abrió la puerta del recinto fue éste mismo.

"De lo expuesto resulta incompatible, que el acusado le impidiera la salida y le mantuviera encerrado después de que le hubiera solicitado que abandonara la vivienda con la pretensión de transmitir la parcela expedita", recoge la resolución.

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