Publicado 04/01/2023 13:22

Ospina Abogados.- Condenados a 8 años de cárcel dos 'muleros' por transportar droga introducida en Barajas

Archivo - Drogas intervendidas en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas
Archivo - Drogas intervendidas en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas - GUARDIA CIVIL - Archivo

MADRID 4 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 8 años de cárcel y a multa de un millón de euros a dos 'muleros' por recepcionar y transportar un paquete que llegó al aeropuerto Adolfo Suárez-Barajas de Madrid procedente de México con 32 planchas de la droga denominada MDMA.

Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que la Sección 30 condena a dos de los acusados a ocho años de cárcel y a multa de un millón de euros como autores de un delito contra la salud pública de tráfico de drogas, con la agravante de reincidencia.

De igual modo, los magistrados absuelven a un tercer procesado, defendido por el despacho penalista Ospina Abogados, al no quedar acreditada su participación en los hechos juzgados.

Los hechos arrancan el 3 de octubre de 2019 cuando el Área Regional de Vigilancia Aduanera junto con la Unidad de Análisis de Riesgos del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, formada por miembros del Resguardo Fiscal de la Guardia Civil, descubrió en las instalaciones de la empresa Fedex, situadas en el Centro de Carga Aérea del mismo Aeropuerto, la existencia de un envío sospechoso procedente de México.

Dicha unidad solicitó a la Fiscalía Provincial de Madrid, la circulación y entrega controlada del mismo, así como la sustitución de la sustancia y colocación de dispositivos electrónicos de seguimiento.

En la apertura del paquete, se observó que contenía tres cajas de cartón, en cuyo interior se encontraba un total de 32 planchas, que suponen 672 teselas, que contenían una sustancia a la que, tras aplicarle el reactivo narco-test, dio positivo a MDMA. Dichas planchas fueron sustituidas por rodapiés.

Ya el 15 de octubre, sobre las 14 horas, uno de los acusados recepcionó el envío en la calle Juan Navarro 27 de Madrid. Poco después acudió al lugar otro de los procesados, quien se quedó junto al envío en tanto que el otro se fue y llegó una persona, no identificada, al volante de un vehículo de alquiler.

Otro varón sin identificar efectuaba labores de contravigilancia en la zona. Una vez cargada la caja en el maletero de ese vehículo, se dirigieron a la calle Monte Igueldo 52 de Madrid, donde descargaron el paquete. Momentos después, fueron detenidos.

A la vista de la naturaleza y gravedad del delito cometido, los magistrados acuerdan que no procede sustituir la pena de prisión impuesta por su expulsión del territorio nacional hasta que cumpla las * partes de la condena, acceda al tercer grado penitenciario o a la libertad condicional, con la prohibición de entrada en España durante 10 años.

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