Tendrá que indemnizar con 328.000 euros a la familia y no podrá residir en la localidad ni acercarse a los familiares durante 22 años
BILBAO, 24 Ago. (EUROPA PRESS) -
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a doce años y seis meses de prisión al acusado de matar en 2015 a un policía jubilado en la localidad vizcaína de Amorebieta. Asimismo, deberá indemnizar a sus familiares con un importe global de 328.000 euros y tendrá prohibido residir en Amorebieta y acercarse a su esposa, hijos y hermanos a una distancia inferior a 500 metros durante 22 años.
Los hechos ocurrieron el 17 de septiembre de 2015 en una huerta de Amorebieta propiedad de la víctima y fueron juzgados el pasado mes de mayo en un procedimiento con tribunal de jurado, que emitió veredicto de culpabilidad. La Fiscalía solicitó una pena de prisión de 13 años y seis meses, mientras que la acusación particular pidió la imposición de la pena en el límite máximo legalmente previsto de 15 años. Por su parte, la Defensa propuso una pena de diez años de cárcel.
Según recoge la sentencia hecha pública este jueves, el tribunal considera probado que el acusado entró en la huerta, tras arrancar unas tablas que servían de cierre secundario, se dirigió a la víctima y comenzó a golpearle con los puños. La víctima recibió "múltiples puñetazos y patadas" dirigidos a la cara y la cabeza que le provocaron lesiones que le ocasionaron la muerte.
La sentencia considera probado que el acusado cometió los hechos con la intención de acabar con la vida del agredido y señala que, por las circunstancias en las que se desarrollaron, "las posibilidades de defensa, sin llegar a anularse, disminuyeron gravemente, aprovechándose de ello el acusado para cometerlos".
Por otro lado, señala que no ha resultado probado que, en el momento de los hechos, el acusado tuviera afectadas "de forma relevante" sus facultades mentales.
De este modo, la Audiencia le condena como autor de un delito de homicidio con abuso de superioridad a la pena de doce años y seis meses de prisión e inhabilitación absoluta para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante este tiempo.
Asimismo, le impone la prohibición de residir en Amorebieta y de acercarse a la esposa, hijos y hermanos de la víctima, a su domicilio, a su trabajo o al lugar en que se encuentren a una distancia no inferior a 500 metros, así como la prohibición de comunicarse con ellos por cualquier medio, durante un tiempo de 22 años. Por otra parte, determina que deberá indemnizar a los familiares con cantidades que suman 328.000 euros.
MANTIENE LA PRISIÓN PROVISIONAL
El tribunal acuerda, asimismo, que el acusado, para el que mantiene la situación de prisión provisional en la que se encuentra hasta que la resolución sea firme, no sea clasificado en tercer grado penitenciario hasta el cumplimiento de la mitad de la pena impuesta.
Sobre esta sentencia de la Audiencia de Bizkaia cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y lo penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.