Las obras costaron a 140,9 millones de euros, más 33,6 millones en concepto de suelo y 12 millones en licencias municipales
BILBAO, 9 Mar. (EUROPA PRESS) -
El coste de la construcción del nuevo campo de San Mamés ascendía a 23 de julio de 2015, con estimación de las partidas pendientes de liquidar, a 140,889 millones de euros. A esta cantidad se suman los 33,6 millones de euros en concepto del valor del suelo y 12 millones de euros en licencias del Ayuntamiento de Bilbao, lo que sumó una inversión total de 186,489 millones de euros.
Así se recoge en el informe de fiscalización realizado por el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas (TVCP) a la Sociedad San Mamés Berria, SL, integrada por el Athletic Club (23,58% del capital), Diputación vizcaína (23,58%), Gobierno vasco (23,58%), Kartera 2 SK-Grupo Kutxabank (23,58%) y Ayuntamiento de Bilbao (5,68%), para construir el nuevo campo de fútbol.
El objetivo de la fiscalización es verificar el cumplimiento de legalidad aplicable a la Sociedad y a la contratación de obras, bienes y servicios en la construcción del nuevo estadio de San Mamés, revisando las adjudicaciones y las ejecuciones de los expedientes hasta la fecha de fin de nuestro trabajo, teniendo en cuenta que el capital social en poder de las Administraciones Públicas es mayoritario a partir de julio de 2012. Asimismo, ha fiscalizado las cuentas anuales del ejercicio 2014.
El informe recoge que, tras varias aprobaciones previas, el 10 de diciembre de 2010 el Consejo de Administración de la Sociedad aprobó definitivamente el presupuesto de construcción del campo, ya valorado por un tercero, por un importe de 152,3 millones de euros, sin incluir el IVA, las licencias municipales y el costo de los terrenos.
El coste de la construcción del nuevo campo de San Mamés ascendía a 23 de julio de 2015, con estimación de las partidas pendientes de liquidar, a 140,889 millones de euros, cifra inferior a los 152,3 millones de euros presupuestados.
CUMPLIMIENTO DE LEGALIDAD
En opinión del TVCP, excepto por determinados incumplimientos, la sociedad San Mamés Barria ha cumplido "razonablemente" en los ejercicios 2007 a 2014 la normativa legal que regula su actividad económico-financiera.
Entre los incumplimientos detectados señala que la Sociedad adjudicó al contratista de la obra principal, por un importe de 479.058 euros, por procedimiento negociado sin publicidad, un contrato mixto de obra y suministro cuando esta última parte suponía el 71% del total. Conforme al artículo 12 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) debería haberse adjudicado como un contrato SARA.
Otro incumplimiento es que el Modificado número 4 del expediente "Cerramientos interiores y acabados" incluye servicios generales de limpieza por importe de 405.407 euros que no deben ser calificados como obra, sino como un contrato de servicios. Dado su importe debería haber sido licitado como contrato independiente, respetando los principios de contratación, con publicación en el DOUE.
Asimismo, destaca que los modificados de cuatro expedientes y de la primera obra complementaria de otro supusieron unos incrementos respecto al precio de adjudicación de su respectiva obra principal de unos porcentajes que superan el límite del 10% fijado por el TRLCSP. El exceso total sobre dicho límite es de 9,5 millones de euros.
OPINIÓN SOBRE LAS CUENTAS ANUALES
El tribunal fiscalizador señala que las cuentas anuales expresan, en todos los aspectos significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de la sociedad a 31 de diciembre de 2014, así como de los resultados de sus operaciones correspondientes al ejercicio anual terminado en esa fecha, de conformidad con el marco normativo de información financiera que resulta de aplicación y, en particular, con los principios y criterios contables contenidos en el mismo.
Entre las cuestiones relevantes que apunta el TVCP se recoge que todas las ampliaciones de capital han sido dinerarias excepto las relativas a la aportación de los terrenos realizadas por el Athletic Club el 30 de junio de 2010 y por la Diputación Foral de Bizkaia el 27 de julio de 2012, por un importe de 16,8 millones de euros cada una. Por su parte, el Ayuntamiento de Bilbao irá procediendo a la capitalización de impuestos y tasas por urbanización y obra.
La construcción del campo de San Mamés se enmarca en una actuación urbanística más global aprobada por el Ayuntamiento de Bilbao en el Plan Especial de Renovación Urbana del Área Equipamental de San Mamés aprobado definitivamente en marzo de 2007.
Dentro de este Plan se enmarcan las actuaciones de construcción de los nuevos accesos a Bilbao, las inversiones en el Campus Tecnológico de la Universidad del País Vasco, el derribo del vial de acceso a la Villa por Sabino Arana, la recuperación urbanística de los terrenos que ocupaba este antiguo vial y el propio campo.
ARRENDAMIENTO POR 50 AÑOS
Con fecha 12 de septiembre de 2013, se formalizó un "Contrato de arrendamiento de industria" entre la Sociedad y el Athletic Club por un periodo de 50 años, prorrogable por otro periodo de por lo menos 50 años, corriendo por cuenta del Athletic Club los gastos de conservación, reparación y mantenimiento para el buen uso de lo arrendado. La renta acordada se estableció en 500.000 euros anuales, actualizables anualmente en función del IPC.
La renta se revisará transcurridos 10 años desde la recepción definitiva del campo y, a partir de ese momento, la revisión será quinquenal. La anualidad de alquiler que figura en el contrato de arrendamiento fue aprobada sin un estudio previo que lo cuantificase.
Se realizó posteriormente un análisis de los precios de alquiler abonados por otros once clubes de fútbol de primera división, según constan en sus memorias anuales, comprobando que el importe más elevado de todos ellos era de 180.000 euros, cantidad inferior a la que abonará el Athletic Club.
Con el arrendamiento, la Sociedad cede al Athletic Club todos los usos de las instalaciones, comprometiéndose el Club a ceder espacios a cada uno de los socios para los usos determinados que se han firmado en los correspondientes convenios.
CONTRAPRESTACIONES
El TVCP constata que los convenios firmados con las tres Administraciones Públicas se hicieron sin incluir una valoración de las contraprestaciones realizadas y por un periodo mínimo de 50 años. En 2014 se encargó a una empresa especializada la valoración de dichas contraprestaciones, estimándose las mismas, a precios de mercado, en 4,4 millones de euros anuales.
El convenio firmado con Kartera 2 SL se materializa en una cesión de derechos de imagen por un periodo de 50 años a Kartera 2 SL y a Kutxabank. Ambos se renegociarán después de un periodo de 4 años.
La Sociedad concede en este contrato al Athletic Club un derecho de opción de compra sobre el objeto del arrendamiento, comprometiéndose las partes, llegado el momento, a negociar de buena fe el precio de la opción, que estará ligado al valor neto del inmovilizado en cuestión, que de acuerdo con los datos actuales de coste y de vida útil estimada, al final del periodo de 50 años ascenderá a 66 millones de euros aproximadamente.
La Comisión Europea, a instancias de terceros, solicitó en 2014 información a las Administraciones Públicas sobre esta operación, sin que exista ningún procedimiento abierto y sin que la misma tenga carácter de denuncia, al no estar formulada por personas cuyos intereses puedan verse afectados por la medida, según manifestó la propia Comisión en contestación parlamentaria el 31 de agosto de 2015.