Elecciones País Vasco 2024 | ¿Puedo votar con mi DNI caducado y otras 6 dudas frecuentes?

Archivo - Una mujer introduce su voto en la urna durante las elecciones generales del 23J
Archivo - Una mujer introduce su voto en la urna durante las elecciones generales del 23J - ALVARO LAGUNA / ZUMA PRESS / CONTACTOPHOTO

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Actualizado: domingo, 21 abril 2024 8:18

MADRID, 20 Abr. (EUROPAPRESS)

El próximo domingo se celebran las elecciones autonómicas del País Vasco y como en cada cita electoral, comienzan a surgir las típicas dudas a última hora. ¿Puedo votar con el DNI caducado? ¿Cómo sé donde tengo que ir a votar? ¿Qué pasa si no me presento en la mesa electoral?

¿PUEDO VOTAR CON EL DNI CADUCADO?

Sí. Para identificarse ante la mesa electoral es necesario hacerlo presentando el Documento Nacional de Identidad (DNI), el pasaporte o el carné de conducir. Dichos documentos deberán incluir siempre una fotografía del titular para que sea posible su identificación.

No importa que estos documentos estén caducados, lo único a tener en cuenta es que se deben presentar los documentos originales, no está permitido votar enseñando una fotocopia.

¿CÓMO SABER DÓNDE TENGO QUE IR A VOTAR?

Existen varias formas de saber en qué colegio y mesa electoral nos corresponde acudir a votar. Una de ellas es la tarjeta censal, un documento que envía la Oficina del Censo Electoral y que indica el número de la mesa donde tenemos que votar y el colegio electoral correspondiente.

Si no ha recibido la tarjeta censal o no puede consultarla, cualquier votante puede saber cuál es su colegio y mesa correspondiente consultando en el ayuntamiento en el que esté empadronado o en la web del INE. Para acceder a la consulta de datos de locales y mesas electorales de manera online, el INE cuenta con una plataforma en su sede electrónica que, mediante la introducción de algunos datos personales, muestra cuál es el colegio y la mesa electoral donde debemos votar en las próximas elecciones vascas.

¿SE COBRA POR SER MIEMBRO DE UNA MESA ELECTORAL?

Sí. Los presidentes y vocales de las mesas, así como los suplentes que resulten finalmente designados como miembros titulares de la mesa, tienen derecho a percibir una dieta por los servicios prestados durante la jornada electoral.

Cada persona que forme la mesa electoral en las elecciones al Parlamento Vasco recibirá una compensación económica de 70€. Además, es importante saber que esta cantidad se encuentra exenta de retenciones por parte de la Agencia Tributaria.

¿QUÉ PASA SI NO ME PRESENTO EN LA MESA DE LA QUE DEBO FORMAR PARTE?

Salvo que la ausencia sea por causa justificada, no acudir a tu puesto en una mesa electoral puede incurrir en una sanción económica o penal. Los cargos de presidente y vocal de las mesas electorales son obligatorios, por lo que quienes no acudan a desempeñar sus funciones incurrirán en pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses.

Los presidentes y vocales disponen de un plazo de siete días desde que reciben la notificación para alegar causa justificada que les impida la aceptación del cargo. Si una vez concluido el plazo a un miembro de la mesa le fuera imposible acudir a su puesto, debe comunicarlo al menos 72 horas antes del día de las elecciones aportando las justificaciones pertinentes.

SI EL DÍA DE LAS ELECCIONES PARA MÍ ES LABORABLE, ¿TENGO ALGÚN DERECHO A AUSENTARME EN MI TRABAJO PARA IR A VOTAR?

En este caso, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, previo acuerdo con los delegados del Gobierno, adoptará las medidas precisas para que los electores que trabajen el día de las elecciones puedan disponer en su horario laboral hasta de cuatro horas libres para ejercer el derecho a voto.

Estas cuatro horas serán retribuidas y cuando el trabajo se preste en jornada reducida, se efectuará la correspondiente reducción proporcional del permiso.

¿CUÁNDO VOTAN LOS MIEMBROS DE LA MESA Y LOS INTERVENTORES?

Los miembros de la mesa electoral y los interventores presentes siempre serán los últimos en votar, después de introducir las papeletas de voto por correo.

Por tanto a las 20:00 horas, una vez finalizada la votación e introducidos en la urna los sobres que contengan los votos remitidos por correo, votan los presidentes, los vocales y los interventores acreditados ante la misma.

¿A QUÉ HORA ABREN Y CIERRAN LOS COLEGIOS ELECTORALES?

Los colegios electorales abrirán este domingo 21 desde las 09:00 hasta las 20:00 horas, mismo horario que en todas las jornadas electorales. Sin embargo, si le ha tocado ser miembro de una mesa electoral, su jornada será más amplia.

Los miembros de las mesas electorales son convocados a las 08:00, con motivo de formar las mesas, y una vez finalizada la jornada electoral, deben permanecer en el recinto para el recuento de votos.