BILBAO 2 Jun. (EUROPA PRESS) -
Una madre soltera vasca recibirá la prestación de la Seguridad Social por la reducción de jornada para el cuidado de su hijo como si fuera una familia biparental, después de adquirir firmeza la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) del pasado 12 de abril, que no ha sido recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.
El TSJPV confirmó la resolución del Juzgado de lo Social número 2 de Bilbao del 1 de diciembre de 2021 que reconocía el derecho de una familia monoparental a la prestación por cuidado corresponsable del lactante en las mismas condiciones que una en la que sean dos los progenitores.
En un comunicado, la Asociación de Madres Solteras por Elección (MSPE) ha considerado que, tras hacerse firme la sentencia del TSJPV, que avala el derecho de una familia monoparental a la prestación por el cuidado del hijo en las mismas condiciones que biparental, se ha "avanzado un paso más a través de la vía judicial contra las discriminaciones" que padecen "debido a la falta de un marco jurídico que regule su situación".
En este sentido, recuerda que el 12 de abril de 2022 el TSJPV desestimó el recurso del Instituto Nacional de la Seguridad Social contra la sentencia de instancia, que reconocía a una madre soltera su derecho a la prestación económica por la reducción de jornada para el cuidado del lactante como si fueran dos los progenitores. La SS no ha recurrido la resolución, que ya es firme, por lo que "queda reconocido para esta demandante", socia de MSPE.
El Juzgado de lo Social número 2 de Bilbao dictó una sentencia pionera el 1 de diciembre de 2021, en base a una demanda presentada por el sindicato ELA, por la que obligaba a la Seguridad Social a conceder esta ayuda a la trabajadora, que había formado una familia monoparental, "para evitar la discriminación del menor respecto a los hijos de familias biparentales, y la de la propia progenitora".
La MSPE ha recordado que el INSS interpreta "de manera restrictiva" la Ley "generando discriminación, a pesar de que el ministro José Luis Escrivá ya declaró que el Gobierno va a solucionar la situación de las madres solteras desde el problema de equidad que se plantea".
"Desde la Asociación, reclamamos que se adopte una solución similar mediante un criterio interno acorde a la sentencia obtenida que acabe ya con esta discriminación. Pedimos al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones coherencia con las declaraciones del ministro", ha añadido.
Además, destaca que esta sentencia del TSJPV sigue la doctrina de este mismo Tribunal, que dictaminó en octubre de 2020 el derecho de una familia monoparental "a disfrutar del permiso por nacimiento correspondiente al otro progenitor, ya que denegarlo discrimina al o la menor y, de forma indirecta, a la mujer". Este último caso está pendiente de resolverse en el Tribunal Supremo.